12/10/2023
Información sobre la situación en torno a la causa judicial para la recuperación del predio y construcción del edificio ITUNM-ESPUNM
Información sobre la situación en torno a la causa judicial para la recuperación del predio y construcción del edificio ITUNM-ESPUNM

Estimadas Familias
Una vez más, cumplimos en informar la situación en torno a la causa judicial para la recuperación del predio y construcción del edificio ITUNM-ESPUNM.
Como informáramos oportunamente, las diferentes causas iniciadas contra la licitación del polo educativo en nuestro predio, la usurpación del mismo, y la desobediencia a la prohibición inicial de innovar, han quedado subordinadas a la causa por la titularidad del predio que tramita como: “UNIVERSIDAD NACIONAL DE MORENO C/ MUNICIPALIDAD DE MORENO Y OTRO S/NULIDAD DE ACTO ADM” FSM 022726/2023) y que se inició en el mes de mayo último ante el Juzgado Federal de Moreno, a instancias de los fallos por las causas precedentes.
En dicha causa, se planteó la nulidad de los actos del Municipio que dieran lugar a que la Agencia de Recaudación de la provincia de Buenos Aires (ARBA) y el Registro de la Propiedad Inmueble desconocieran la validez del Plano 74-215-2021 y por tanto, se anulara la inscripción de la Parcela 2A a nombre de la Universidad Nacional de Moreno, como consecuencia de la mera solicitud de la Intendenta Municipal a los funcionarios actuantes de ambas entidades de la provincia.
Como hemos advertido en varias oportunidades, la Municipalidad sostiene que una parcela, aún mayor que la fracción que se encuentra en disputa, completamente subdividida y ocupada por 5 entidades nacionales, provinciales y municipal, habría sido cedida íntegramente a su favor a través del Plano 074-245-2012 del año 2012, desconociendo los hechos y antecedentes del predio en cuestión, los actos que la propia Municipalidad realizó y/o convalidó y que otorgaron el predio específico a la UNM, que recibió su uso y posesión en el año 2010 por su titular y en la que se mantuvo pacíficamente hasta marzo de 2023; es decir, los acuerdos del año 2010 y 2021 suscritos con el Estado Nacional, único y auténtico titular del dominio.
El predio específico de la UNM, está individualizado como Parcela 2A de 7.622,92 m2 y cuenta con un edificio ya construido de 1.300 m2 (hoy en préstamo a la Escuela Secundaria Nº 37 de la provincia), al cual se proyectó realizar una ampliación de otros 2.400 m2 en 2 plantas y un edificio de otros 3.800 m2 en 3 plantas, totalizando 7.500 m2 de edificación adicional; destinados a la Escuela Secundaria Politécnica de la Universidad (ESPUNM) con 4 modalidades de secundaria con jornada extendida y en 2 turnos para una población aproximada de 1.800 estudiantes, al Instituto Tecnológico (ITUNM) para desarrollar educación técnico-profesional de nivel básico y superior, y continua de adolescentes, jóvenes y adultos para unos 800 estudiantes y al Nodo de Gestión Tecnológica e Innovación Productiva (GETEC-UNM), conformando en conjunto UNM-TEC.
Como hemos dicho en varias oportunidades, la antigua parcela 2 del primer plano aprobado (74-245-2012) y que contenía a la parcela 2A de la Universidad (delimitada por el plano del año 2021 74-215-2021), fue una reserva constituida con el compromiso de confeccionar un nuevo plano de subdivisión, una vez que se consoliden los usos preexistentes (en el Edificio del ex Instituto Riglos) los cuales iban a ser reubicados en la misma un plazo de 10 años.
Por otra parte, en diciembre de 2014 se sancionó la Ley Nº 27.068 por la cual se transfirió a título gratuito el dominio de los inmuebles ya consolidados para la función universitaria a la UNM; la que no incluyó a la franja del terreno en reserva (la parcela 2), precisamente por la razón de que a esa fecha, no se habían resuelto las transferencias a los usos preexistentes, ni a los concertados posteriormente.
En efecto, el proceso de relocalización de entidades en la Parcela 2 duró algo más de 10 años y durante el mismo, se reubicaron en forma definitiva: el Instituto Superior de Formación Docente Nº 110 “Mercedes de Lasala y Riglos” y el Jardín de Infantes asociado, Nº 938 “Madre Clara”, ambos dependientes de la provincia de Buenos Aires, y se agregaron: el Jardín Maternal “Kesachay” dependiente del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación, la Escuela de Formación Técnica Laboral del Municipio de Moreno y, en la parte aún excedentaria de la reserva, a la Escuela de la Universidad; por lo que dado el uso que se dio a todo el inmueble del ex Instituto, se ha denominado a todo el conjunto “Polo Educativo Moreno”.
Es por ello que al cabo de los 10 años previstos para proceder a la cesión definitiva, la Universidad inició las tratativas para la regularización definitiva de la reserva, y el 22 de febrero de 2021 firmó el Protocolo Adicional Nº 2, por el cual el Estado Nacional reconoció que se habían satisfecho los compromisos asumidos por la Universidad, y asignado el remanente a la Municipalidad y a la Universidad, quedando encomendada la UNM a realizar una nueva subdivisión para la transferencia definitiva a cada una de las entidades ocupantes.
Concluidas las tramitaciones, el 10 de diciembre de 2021, la provincia aprobó el plano de subdivisión definitiva de la Parcela 2, quedando delimitadas las fracciones respectivas de cada una de las 5 entidades en funcionamiento. Es decir, que el plano 74-245-2012, que cumplió su finalidad, dio lugar al Plano 74-215-2021 para la regularización definitiva, lo que tuvo el correlato de la inscripción de cada parcela, conforme el visado que fuera colocado por la propia Municipalidad y finalmente aprobado por las autoridades de la Provincia de la provincia de Buenos Aires.
Esa era sin ningún tipo de duda la intención de las partes que suscribieron el Convenio del año 2010, precisamente en el día de la inauguración oficial de la Universidad por la entonces presidenta de la Nación, Dra. Cristina Fernández, tal como lo expresaron en la cláusula quinta y reforzaron en la décimo quinta del mismo y las sucesivas actuaciones, que la Municipalidad comienza a desconocer a partir de marzo del año 2022, cuando impone una faja de paralización de la obra edilicia ITUNM-ESPUNM.
Es necesario resaltar que la disponibilidad de esta porción excedentaria de la parcela en reserva de 2012, ya se previó en el proyecto de creación de la Escuela Secundaria Politécnica de la Universidad (ESPUNM) que inició en 2013 con el Programa de Creación de Nuevas Escuelas Secundarias con Universidades Nacionales de la Nación, a partir del cual se concretó en 2015 la firma de un Convenio Marco de Cooperación con el Ministerio de Educación de la Nación para su creación. También, a partir de la construcción de su edificio, proyectado e impulsado desde 2014, por intermedio de la provincia de Buenos Aires y, aunque la obra quedó paralizada a partir del año 2016 y el Programa se desactivó, la Universidad prosiguió adelante con el proyecto y creó definitivamente la ESPUNM en 2018 por Resolución UNM-CS N° 487/18 y continuó bregando por la transferencia del edificio en el estado en que se encontraba, lo cual se formalizó por un convenio suscrito el 17 de diciembre de 2020, entre la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires, el Ministerio de Educación de la Nación y la Universidad Nacional de Moreno, lo que dio lugar a la apertura de su primer ciclo lectivo en 2021.
Como es sabido, el convenio contemplaba el reconocimiento de la situación de hecho generada a partir de la ocupación transitoria del edificio por una escuela dependiente de la provincia desde fines del año 2019, por lo que la ESPUNM debió comenzar actividades en un lugar provisorio mediante la construcción de aulas modulares con el aporte del Ministerio de Educación de la Nación, hasta la reubicación definitiva de la escuela N° 37 dentro de un plazo de 2 años, renovable por otros 2 con más 1 año de transición (a vencer definitivamente el 17 de diciembre de 2025), en un nuevo edificio a construir también con el aporte del Ministerio de Educación de la Nación.
En ese contexto, teniendo en cuenta el aprovechamiento integral del predio en disputa para el funcionamiento en forma articulada de los 3 componentes de UNM-TEC, en 2021 se redefinió el destino del edificio existente y se priorizó la construcción del Edificio ITUNM-ESPUNM para albergar inmediatamente a la ESPUNM que había alcanzado un límite para seguir funcionando en las actuales condiciones en que se encuentra por falta de espacio; pero, desde el mes de marzo de 2022, la Municipalidad impulso primero la clausura de la obra (todavía inexistente) y luego informó su pretensión de anular el dominio del predio de la Universidad, asumiéndolo como propio.
A partir de la suspensión de la obra de la ESPUNM y la controversia suscitada, agotados todos los recursos presentados sin respuesta, la Universidad se vio forzada a adoptar diferentes medidas de excepción y planes que permitieran dar continuidad a su funcionamiento, concluyendo en el recientemente anunciado Plan para la Continuidad Pedagógica 2024-2025 de la ESPUNM en la Emergencia Edilicia, aprobado por Resolución UNM-CS Nº 1.054/23.
En lo que respecta a la causa de nulidad que tramita en la justicia, se señala que la Intendenta solicitó a ARBA que se anule el Plano del año 2021, manifestando que la Universidad no tenía poderes suficientes para realizarla, porque el Convenio de 2010 se “hallaba vencido”. La presentación omite la realidad de que existe el Protocolo Adicional N° 2 al Convenio de 2010, suscrito en febrero del año 2021 y que fue presentado a la Municipalidad para el visado en que intervino en el mes de agosto de 2021.
Además, el Municipio en paralelo, ya había convocado a una licitación pública en junio de 2022 para la construcción de un llamado “Polo Educativo Moreno” (para alojar al Consejo Escolar y dependencias provinciales de gestión de la educación) en dicho predio, cuya adjudicación concretó en julio de 2022. Dicha decisión también fue impugnada administrativamente por la Universidad, pero la Municipalidad rechazó todos los recursos presentados.
Un detalle no menor de la actuación de la Municipalidad es que licitó y adjudicó la obra sin tener cesión ni posesión del mismo, ni acuerdo con el gobierno de la provincia que convenga la realización de una obra de su competencia, con los recursos asignados a la Municipalidad para integrar el “Fondo de Financiamiento Educativo” desviándolos de su finalidad esencial, entre otras irregularidades observadas, llegando al extremo de afirmar que la obra se asienta en un predio de “cuatro manzanas próximo a la Universidad de Moreno”, lo que permite inferir que estaba adelantando su pretensión de tomar por propia no solo a la fracción 2A en disputa con la Universidad, sino a todo el Campus Deportivo de la UNM (Parcela 1 según Plano de 2012).
Este proceder es a partir de entender que dichas parcelas son propiedad de la Municipalidad de Moreno en razón de constituir equipamiento comunitario en los términos de la Ley Provincial N° 8912, lo que además incluye al edificio en préstamo. Va de suyo que la Municipalidad de Moreno, estaba perfectamente al tanto que NO era titular del dominio del predio donde llamó a licitación, nunca le fue cedido por el Estado Nacional y nunca lo ocupó hasta que lo usurpara el día 4 de marzo de 2023, varios meses después de adjudicada y expulsando a la Universidad, una vez que logró hacer anular el plano y que se inscribiera dicha anulación en el Registro de la propiedad en febrero último.
Cabe señalar que ambas decisiones de las autoridades provinciales, fueron recurridas por la vía administrativa por la Universidad por causar gravamen a esta, pudiendo comprobar que la cédula catastral Ley 10.707 de la parcela 2 del Plano de 2012 presentada por la Municipalidad en 2021 ante ARBA, difiere de la original que tramitó la Universidad (por mandato del Convenio de Uso de 2010) donde consta que no se hallaba cedida a la Municipalidad sino que figuraba como propiedad del Estado Nacional y con domicilio en sede de la Universidad; además de que dichas decisiones nunca fueron notificadas a la Universidad ni a las entidades existentes ni al Estado Nacional Argentino, y tampoco se dio intervención previa para descargo alguno durante la tramitación, desconociendo los antecedentes de la titularidad y cesiones que se acreditaron para realizar el trámite de aprobación del plano en 2021; entre otras irregularidades observadas y que fueran rechazadas sin fundamento por las mismas autoridades intervinientes.
Es ilógico sostener que el Estado Nacional se ha desprendido de un bien cediéndolo como espacio comunitario al Municipio para que se incorpore al patrimonio de este y que más tarde, lleve a cabo en ese mismo inmueble –que ya no sería de su propiedad¬- la construcción de un jardín maternal (el Kesachay) cuya titularidad dominial debería haber solicitado al Municipio a través de una cesión gratuita u onerosa; siendo que en modo alguno puede sostenerse que la Municipalidad, al momento de aprobar el plano de mensura de 2021, desconocía los términos del Convenio de Uso de 2010 y el del 2021 y mucho menos las ocupaciones existentes a la fecha.
Resulta manifiesto que más allá de los sectores en los cuales se dividió el inmueble del ex Instituto Riglos, era voluntad del titular dar permiso de uso a las partes y articular acciones tendientes a posibilitar la regularización dominial una vez producidas dichas ocupaciones. Tan es así, que la transferencia de dominio de la parte exclusiva de UNM fue realizada por el propio Congreso de la Nación mediante el dictado de la Ley N° 27.068 que le transfirió a título gratuito el dominio de los inmuebles ya consolidados al uso universitario. Es decir, lo mismo debe ocurrir con el inmueble destinado a la Municipalidad de Moreno y los espacios (por la Plaza Bujan, calles y fracciones) que exceden con creces las cesiones que correspondería efectuar por fraccionamiento, de acuerdo con lo establecido en Decreto-Ley N° 8912/77 (solo aplicable a las subdivisiones para crear urbanizaciones), conjuntamente con los inmuebles a ceder al Instituto Superior de Formación Docente Nº 110 “Mercedes de Lasala y Riglos” y al Jardín de Infantes asociado, Nº 938 “Madre Clara”, ambos dependientes de la provincia de Buenos Aires y el de la propia Universidad que nos ocupa.
Al respecto, del referido Decreto-Ley N° 8912/77, surge que el máximo a ceder para áreas verde y reservas de uso público no pueden exceder el 14% de la superficie a subdividir y si tomamos los datos del Balance de Superficies del Plano de mensura de 2012 solo se mantuvo en cabeza de su titular dominial, el Estado Nacional, el 60,16 % de la superficie, mientras que el municipio recibió el 39,84% de la superficie, es decir un 25,84% por encima de la exigencia establecida en el Decreto-Ley N° 8912/77, incluidos los espacios verdes y públicos a ceder y calles abiertas y a abrir.
Por todo lo expuesto, la Universidad solicitó al Sr. Juez, además de la confirmación de las medidas de “no innovar” o de “prohibición de innovar” oportunamente decretadas y luego revocadas, hasta la finalización de la presente acción, y a la vez, que se disponga la traba de anotación de litis en el Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de Buenos Aires sobre el inmueble materia del litigio.
Con posterioridad, la Fiscalía Federal de Moreno en su dictamen contesto vista y consideró competente la jurisdicción para entender en los actuados.
A su vez, la Universidad dio cumplimiento a la documental solicitada y amplió su demanda en el mes de agosto pasado, dado los acontecimientos acaecidos con posterioridad a la interposición de la acción. En primer lugar, por los pronunciamientos posteriores a las medidas cautelares que las dejaron sin efecto y luego, como consecuencia de los rechazos de los recursos presentados ante las autoridades provinciales, realizados de manera errónea y agraviante.
Como se dijo, ambas partes tienen pretensiones sobre el mismo inmueble, fundadas en la aplicación de regímenes jurídicos diferentes, pero la Municipalidad sostiene su derecho únicamente en una constancia registral que no tiene carácter constitutivo de derechos, y que sólo responde a un accionar administrativo antijurídico y erróneo de la provincia; con el agravante de que se ha hecho por la fuerza con el inmueble, y se encuentra o encontraría realizando una obra que lo transformaría de manera permanente contra los intereses de la Universidad; por lo que esta última insistió en que se suspendan esas modificaciones hasta tanto se dirima la titularidad del bien.
Cabe reiterar que son múltiples los motivos por los cuales resulta inaplicable la normativa provincial invocada por el Municipio y avalada por las autoridades provinciales siendo que, no existió voluntad de ceder al municipio la parcela en cuestión; no existe acto, norma ni expresión de volitiva alguna que sirva de base para la creación de una “reserva de equipamiento comunitario” ni para la realización de un plano que implique transmisión del dominio; muy por el contrario, existe una clara e inequívoca expresión de voluntad tendiente a ubicar usos preexistentes en ese terreno, y otorgar cualquier remanente a esta Universidad; y la sola aparición de ese formulismo en un plano técnico y una errónea inscripción registral no pueden desbaratar la realidad fáctica y jurídica acerca del dominio del bien, lo contrario implicaría vulnerar el régimen constitucional de propiedad, así como la propia separación de poderes, el sistema federal y la prelación normativa del artículo 31 CN.
Por otra parte, el procedimiento administrativo que llevó a esa resolución atacada, en ningún tramo del devenir administrativo dio intervención a los organismos de la constitución provincial que han de tomar vista y emitir dictamen, con el agravante de que siquiera dio intervención a la Universidad a la que se estaba afectando severamente su derecho, entre otras entidades.
Sobre este particular, hemos advertido oportunamente que el prepotente avance de la Municipalidad afecta a la ESPUNM, que ha debido implementar planes para intentar mitigar los profundos daños producidos, mientras deba permanecer confinada a un espacio provisorio e insuficiente. En la actualidad la Escuela funciona en las condiciones en que se puso en marcha, en un lugar provisorio y así fue planteado públicamente desde su inicio, dentro de un sector delimitado del Campus Universitario, ya que no podía acceder a su predio y edificio por la ocupación planteada y que diera origen al convenio del año 2020. El espacio con que cuenta, ha sido sucesivamente ampliado hasta el límite de su capacidad, con la incorporación de aulas y espacios modulares y siendo que nunca se concretó el traslado al edificio propio dentro del razonable plazo previsto, y como ya se señaló, la estrategia compartida por el gobierno nacional, provincial y la Universidad entró en crisis por causas ajenas a la Universidad.
De lo expuesto, surge que esta situación excepcional no ha dejado de agravarse a la luz del proceder del Municipio, las declaraciones públicas y los hechos comprobados. Es por ello que la UNM rediseñó el Plan de Contingencia propuesto el pasado 27 de octubre de 2022, teniendo en cuenta las últimas medidas de ampliación realizadas y a realizar, en el nuevo Plan de Continuidad antes aludido, de modo de poder garantizar la apertura de nuevas cohortes para dar continuidad a la ESPUNM, pero reducida a 216 estudiantes por turno, entre otras restricciones transitorias para poder superar esta situacion.
Como hemos dicho, la localización actual de la ESPUNM es incompatible porque se encuentra inserta dentro de un espacio de educación superior de adultos, además de que no está en condiciones espaciales de expandirse más, ni satisface las necesidades mínimas del proyecto, y tampoco es razonable segmentar el Campus Universitario para este destino. También es oportuno aclarar que la UNM no posee predios libres de uso. El Plan Maestro de Intervención para el Desarrollo Edilicio, Infraestructura y Equipamiento y el Plan de Gestión Ambiental y Sustentabilidad del Campus implementados desde el año 2012 y periódicamente actualizados, con sustento al Plan Estratégico de Desarrollo de la Universidad (en función de las proyecciones, necesidades y demandas del territorio), ya ha orientado definitivamente y establecido los usos y destinos del predio y de las edificaciones existentes y proyectadas razonablemente.
Precisamente, por Resolución UNM-CS Nº 1045/23 del CONSEJO SUPERIOR, la UNIVERSIDAD debió declarar la Emergencia Edilicia para adoptar diferentes medidas de excepción en un plazo perentorio de ejecución, y poder así abordar el agotamiento de la capacidad áulica disponible, tanto en lo que hace al funcionamiento de la Escuela como de la Universidad misma. Este apremio, es el resultado de la negativa de la MUNICIPALIDAD a extender la certificación de aptitud ambiental de diferentes obras que la UNIVERSIDAD ha impulsado durante este tiempo, por lo que no ha podido materializarse ninguna obra nueva en la que haya debido intervenir la actual gestión de gobierno local, entre otros impedimentos causados, incluida esta controversia por el predio, el edificio existente y la obra edilicia impedida de la ESPUNM, lo que ha implicado el agotamiento de la capacidad áulica disponible; situación que se ha agravado con el incremento de la matriculación de estudiantes y actividades formativas, de más del 10% respecto del corriente año, en el que iniciarán cuatro nuevas Carreras del Área de Diseño, las que exigen la apertura de las obligaciones curriculares del 2° año en 2024, sin computar lo que debe adicionarse por el inicio de la Carrera de Abogacía.
Es por todo ello que, en atención a la entidad de los bienes jurídicos en juego, es decir, el derecho a la educación (inclusive en estas circunstancias, en el nivel superior) y la necesidad de alcanzar soluciones prontas que garanticen el funcionamiento normal de la Escuela, también se solicitó la fijación de una audiencia conciliatoria, nunca concedida en las innumerables gestiones realizadas.
Finalmente, el 29 de septiembre pasado, en el auto de traslado dispuesto por el Juez Federal interviniente, se resolvió correr traslado de la demanda a la Municipalidad, a ARBA y al Registro de la Propiedad Inmueble de la provincia de Buenos Aires para que comparezcan y contesten dentro del plazo de sesenta 60 días, opongan todas las defensas y excepciones que tuvieran y acompañen toda la documental que consideren; a la vez que se ordenó la anotación de litis del bien inmueble en disputa.
En consecuencia, cumplimos con el deber de diligenciarlas e informar a comunidad escolar de la situación procesal de esta controversia que, a partir de esta medida, inicia un proceso de resolución por esta vía.
En este contexto, hacemos público una vez más que proseguiremos en la defensa del derecho a la educación y el cumplimiento de nuestros deberes como funcionarios públicos velando por el patrimonio del a Universidad. Tenemos la convicción que finalmente prevalecerá la verdad y la justicia. Mientras tanto y a pesar de todos los obstáculos que venimos soportando, continuaremos realizando todos los esfuerzos y planes que sean necesarios para la continuidad y normal funcionamiento de la UNM en general y de la ESPUNM, en particular.
Por último, informamos que para todos los interesados que deseen conocer en detalle estas actuaciones, pueden consultarlas en el apartado del sitio web de la Escuela, donde se alojan por orden cronológico.
30/06/2023
Información sobre la ocupación del terreno de la UNM por parte del Municipio
Información sobre la ocupación del terreno de la UNM por parte del Municipio

Estimadas Familias y Comunidad de Moreno
En el día de hoy, 30 de junio de 2023, la Municipalidad de Moreno ha reingresado al predio en disputa por la titularidad, y retomado su obra con el ingreso de camiones y el movimiento de tierras y materiales.
El proceder del Municipio va en línea con lo ocurrido el día 4 de marzo de este año cuando ingresó por la fuerza y procedió a expulsar al personal de seguridad contratado por la Universidad que custodiaba el mismo, interrumpiendo de este modo la posesión pacífica de la UNM desde su creación, y como consecuencia de los acuerdos celebrados con el Estado Nacional y con la propia Municipalidad de Moreno inclusive.
Lo concreto es que la Municipalidad retoma su ocupación y trabajos sin que la comunidad pueda conocer con qué fines lo hace, pues no hay información ni responde a los recursos presentados por la Universidad sobre el estado de las sucesivas contrataciones por la obra del Consejo Escolar que denomina “Polo Educativo Moreno-Sandra y Ruben”.
Lo claro y evidente de este accionar, no es otra cosa que la Universidad no pueda desarrollar el proyecto educativo de construcción del edificio ITUNM-ESPUNM, ni recuperar el edificio existente y en préstamo.
Más allá de esas consideraciones, no debe perderse de vista la naturaleza de la situación real del predio; el cual es objeto de un litigio por su titularidad en la Justicia Federal y que se encuentra en etapa preliminar. En esta instancia, con la mayor amplitud de debate y prueba, las partes podrán exponer todas sus pretensiones y justificar la legitimidad de sus títulos, más allá de estas acciones y certificaciones que la Municipalidad pretende hacer valer y producidas a partir de la decisión de ARBA del 19 de septiembre de 2022, todas ellas objeto de impugnaciones por múltiples irregularidades y abusos que aún no han sido resueltas definitivamente.
Por ello, todo lo que la Municipalidad desarrolle en ese predio debe considerarse provisorio, pues su verdadero destino está lejos de ser resuelto, dado su proceder hasta aquí y la negativa a dialogar y alcanzar una solución política de esta infeliz controversia.
Reiteramos públicamente que a la fecha, solo se han producido modificaciones de la situación cautelar en 2 de las causas iniciadas, lo que de ningún modo implica la titularidad del predio por parte del Municipio ni la renuncia o decisión de renunciar a seguir este reclamo por parte de la Universidad, el cual proseguirá hasta que prime la prudencia y el derecho, y se llegue a una solución acorde a los intereses en juego, que no son otros que el derecho a la educación.
Este nuevo hecho, no es más que otra expresión de ataque a la UNM por parte de quienes tienen a su cargo la gestión municipal actual y que nunca han reconocido siquiera a la institución misma, a las luz de la imposibilidad de dialogar, cooperar o aunar voluntades en ninguna acción o proyecto común en beneficio de la comunidad de Moreno.
Nuestros estudiantes, la comunidad educativa y universitaria de Moreno y todos los sectores de la comunidad en general e involucrados en este proyecto superador, así lo justifican y nos obligan a seguir adelante hasta que se haga justicia y pueda llevarse adelante el proyecto integral del ITUNM-ESPUNM.
Universidad Nacional de Moreno

23/06/2023
Información sobre las Causas judiciales por la usurpación del predio por parte del Municipio
Información sobre las Causas judiciales por la usurpación del predio por parte del Municipio
Estimadas Familias
Una vez más, cumplimos en informar la situación en torno al estado de las causas judiciales para la recuperación del predio y construcción del edificio ITUNM-ESPUNM.
El día 21 de junio de 2023 hemos sido notificados de un nuevo fallo del Juzgado Federal de Mercedes del pasado viernes 16 de junio de 2023 por la usurpación del predio por parte de la Municipalidad y expulsión de la Universidad del pasado 4 de marzo de 2023, causa: “MUNICIPALIDAD DE MORENO s/USURPACIÓN (ART.181 INC.1) DENUNCIANTE: UNIVERSIDAD NACIONAL DE MORENO”. En dicha causa se había resuelto con fecha 27 de abril de 2023, la prohibición de innovar y se había ordenado la inmediata suspensión de toda construcción, movimiento de tierra, ingreso de personas y de cualquier otra actividad por parte del Municipio dentro del predio y además, con fecha 5 de mayo, se había resuelto admitir al Rector de la Universidad como querellante.
Como adelantáramos, el Municipio apeló la medida el 8 de mayo y las actuaciones se elevaron a la Cámara Federal de San Martin. Luego fundó su recurso con fecha 22 de mayo de 2023. Por su parte, el día 5 de junio la Universidad formuló su contestación, quedando a la espera de la decisión de la Cámara.
Sin embargo, se corrió traslado al Municipio de la respuesta de la Universidad, y esta volvió a formular una nueva respuesta con fecha 13 de junio de 2023, sin que la Universidad pudiera hacer lo propio en su defensa. Así, mientras el recurso se encontraba a consideración de la Cámara, el Juez volvió a fallar nuevamente el 16 de junio de 2023 pero ahora disponiendo el levantamiento de la prohibición de no innovar, declarando nula la admisión del Rector de la Universidad como querellante en la causa y sobreseyendo a los funcionarios de la Municipalidad que asumió serían responsables del hecho, llegando al extremo de sobreseer a un funcionario que no se había presentado en la causa ni lo había solicitado.
Fundó su decisión en considerar que predio es “utilizado en forma indistinta tanto por la Municipalidad de Moreno como por la Universidad de Moreno” al considerar la antigua parcela 2 del plano de 2012 y no la parcela 2A del plano de 2021 que es la que está en disputa y es objeto de la denuncia. En ese entendimiento, señala que ambos ejercían derechos posesorios y que el ingreso del Municipio no se realizó en forma violenta ni clandestina. Asimismo, tampoco considera un accionar delictivo el movimiento de suelos ni la realización de la obra que anuncia en el cartel que se ha colocado desde el momento en que el Municipio tomó posesión del mismo, y por tanto, no ha considerado que se ha despojado a la Universidad de la posesión de su predio.
En otro orden, el Juez reconoce que la disputa por la titularidad compete a la justicia civil, y como adelantáramos esta cuestión tramita en la causa: “UNIVERSIDAD NACIONAL DE MORENO C/ MUNICIPALIDAD DE MORENO Y OTRO S/NULIDAD DE ACTO ADM” FSM 022726/2023).
Por otra parte, el día 22 de junio de 2023 hemos tomado conocimiento que la Sala II de la Cámara Federal de San Martín también falló por la misma causa y también revocó la prohibición de no innovar que había dictado el Juez Federal de Mercedes con el fundamento de que dada las posiciones divergentes de las partes y la disputa por la titularidad que se encuentra abierta la causa anteriormente señalada, considera que no están dadas las condiciones para sostener la medida cautelar otorgada.
A su vez, tomamos conocimiento que en el mismo día, la misma Sala II de la Cámara Federal de San Martín también falló en la causa: “UNIVERSIDAD NACIONAL DE MORENO c/MUNICIPALIDAD DE MORENO s/MEDIDA CAUTELAR AUTÓNOMA” FSM 50064/2022”, en la que luego del fallo de la misma Sala que dispusiera se otorgue la medida cautelar contra la licitación del “Polo Educativo Sandra y Ruben” (la que fue concedida el 28 de abril de 2023 por el juez subrogante del Juzgado Federal de Moreno), resolvió en contrario a su anterior decisión, revocándola en consideración de la apelación del Municipio del 19 de mayo de 2023 que se presume propietario por la anulación del plano e inscripción del dominio que se ha hecho de manera irregular, como hemos denunciado.
En su fundamentación, sostiene que los actos administrativos que dieron origen a la anulación del plano del año 2021 e inscripción como propia la parcela en disputa por parte del Municipio, se presumen lícitos hasta tanto la causa iniciada en la justicia civil disponga lo contrario y que, de proseguir la medida otorgada (cautelar), se estaría adelantado el resultado de la decisión final que deberá producirse en la causa antes señalada (FSM 022726/2023).
El razonamiento omite lo contrario, en tanto que al no otorgarla ello pueda significar también adelantar un resultado de la decisión final que debe producirse en la causa de fondo; llegando al extremo de considerar que de proseguir la obra del Municipio y en el futuro producirse una sentencia favorable a la Universidad, más allá del tiempo que ello demande hasta agotar todas las instancias, no ha de implicar impedimento alguno para construir la obra de la Universidad en el mismo lugar; lo que necesariamente de producirse, implicaría demoler la obra del “Polo Educativo Sandra y Ruben” hasta donde llegue a realizarse para poder construirse el edificio de la Universidad, omitiendo cualquier consideración sobre el dispendio fondos públicos del Municipio, conforme el avance de dicha obra indebida e impulsada con el único fin de oponer a la Universidad.
Además de imponer costas a la Universidad, la sentencia insta a las partes a un dialogo para la resolución de esta controversia que como ya se ha dicho, el Municipio considera inadmisible por asumirse propietario y poseedor del predio como expresara públicamente y en todas sus presentaciones.
Por último, en el día de hoy 23 de junio de 2023, hemos sido notificados de la decisión de la Gerencia de Servicios Catastrales de ARBA que por la Disposición SERyC N° 89/23 rechaza el recurso jerárquico contra su propia decisión por Disposición SERyC N° 62/23 que otorgaba el recurso jerárquico pero rechazaba el de revocatoria de su propia Disposición SERyC N° 176/22 (por la cual se anuló el plano del año 2021). En este caso, la decisión de la misma dependencia que emite los 3 actos administrativos, ratifica su propia decisión original sin contrastar ni responder ninguna de las observaciones de falsedad denunciadas por la Universidad.
En consecuencia, dado el proceder del Municipio y los planteos realizados ante la justicia y que dieran lugar a estos fallos por distintas autoridades que, en cuestión de horas, han anulado las decisiones anteriores favorables a la Universidad y aún dictadas por ellas mismas, hacemos público una vez más que proseguiremos en la defensa del derecho a la educación y el cumplimiento de nuestros deberes como funcionarios públicos velando por el patrimonio del a Universidad.
La universidad ya lleva un largo tiempo de lucha por este Proyecto que comienza en 2016 cuando se detuvo la obra y la entrega del edificio, y que prosiguió desde el 2019 a partir de los obstáculos que nos ha planteado la actual gestión municipal, llegando al extremo de transitar estas instancias judiciales en las que nos hallamos.
Tenemos la convicción que finalmente prevalecerá la verdad y la justicia. Mientras tanto y a pesar de todos los obstáculos que venimos soportando, continuaremos realizando todos los esfuerzos y planes de contingencia que sean necesarios para asegurar la continuidad de la ESPUNM.
Finalmente, informamos que para todos los interesados que deseen conocer en detalle la situación de estas causas, en el apartado del sitio web de la Escuela, se alojan todas las presentaciones y fallos mencionados.
07/06/2023
Información sobre la situación general y las causas judiciales
Información sobre la situación general y las causas judiciales
Estimadas Familias
Una vez más, cumplimos en informar la situación en torno a la situación y el estado de las causas judiciales para la recuperación del predio y construcción del edificio ITUNM-ESPUNM.
A la fecha, nos encontramos trabajando en el rediseño del Plan de Contingencia propuesto el pasado 27 de octubre de 2022, teniendo en cuenta nuevas medidas de ampliación edilicia que se procuran realizar y una nueva adecuación de la jornada escolar, dentro de los márgenes establecidos por el Consejo Federal de Educación, lo que ha de permitir mejores condiciones para el dictado del Ciclo Superior durante el turno tarde.
Con estas medidas podremos garantizar la apertura de nuevas cohortes que den continuidad a la ESPUNM mediante el funcionamiento en 2 turnos (el Ciclo Básico por la mañana y el Superior por la tarde pero quedando reducida a 216 estudiantes por turno), dentro del espacio donde hoy funciona y mientras deba permanecer allí hasta la resolución de este lamentable conflicto que impide concretar la obra edilicia y la recuperación del edificio existente y del predio que lo contiene para el funcionamiento de la Escuela y el Instituto Tecnológico (Proyecto: UNM-TEC).
Se trata de una situación excepcional que no ha dejado de agravarse a la luz del proceder del Municipio, las declaraciones públicas y los hechos realizados, conjuntamente con los planteos realizados ante la justicia. En ese contexto, entendemos que no será posible alcanzar ningún acuerdo ni resolución política de la controversia, ante el silencio a los innumerables pedidos formales e informales, tanto de la Universidad como de las autoridades nacionales y provinciales, por lo que la resolución definitiva de esta situación será posible a través de la justicia, y una vez agotadas todas las instancias que correspondan.
En síntesis, la posibilidad de realizar esta obra queda subordinada a esta última decisión definitiva, en caso de ser favorable. En ese contexto, entendemos que este proceso tendrá una duración incierta y es independiente de las medidas que debamos adoptar para la continuidad de la ESPUNM en forma restringida y con el debido compromiso de garantía de estudios a quienes ya son y sean en el futuro estudiantes de la misma, lo que también incluye a sus trabajadores.
A fin de informar el estado de las causas judiciales que se iniciaron por esta controversia, se hace saber lo siguiente:
- La causa “UNIVERSIDAD NACIONAL DE MORENO c/MUNICIPALIDAD DE MORENO s/MEDIDA CAUTELAR AUTÓNOMA” FSM 50064/2022”, luego del fallo de la Sala II de la Cámara Federal de San Martín, el juez subrogante del Juzgado Federal de Moreno, con fecha 28 de abril de 2023, otorgó la medida cautelar de no innovar solicitada por la UNM contra la licitación pública del Polo Educativo y ordenó a la Municipalidad y a la empresa que se encuentren en el predio, a paralizar cualquier tipo de obra o trabajos dentro del mismo. El alcance de esta medida fue por un plazo de 6 meses a fin de arribar a la resolución definitiva de la controversia.
No obstante, el Municipio apeló la medida y fundó su recurso con fecha 19 de mayo de 2023 y el día 2 de junio la Universidad formuló su contestación, encontrándose a consideración del juzgado interviniente.
- El Juez subrogante dispuso además, que la Universidad interponga la acción principal que de resolución definitiva a la controversia, atento el fracaso de cualquier acuerdo. En consecuencia, con fecha 15 de mayo de 2023 la Universidad promovió una acción de nulidad para que se reconozca la titularidad del predio a favor de la UNM ante el juez subrogante del Juzgado Federal de Moreno “UNIVERSIDAD NACIONAL DE MORENO C/ MUNICIPALIDAD DE MORENO Y OTRO S/NULIDAD DE ACTO ADM” FSM 022726/2023).
Con fecha 30 de mayo el Fiscal Federal de Moreno consideró favorablemente la competencia y dio intervención al Juez interviniente, a la vez que solicitó ampliación de información a la Universidad.
- A su vez, ante la usurpación del predio por parte de la Municipalidad y expulsión de la Universidad del pasado 4 de marzo de 2023, se debió iniciar la causa “MUNICIPALIDAD DE MORENO s/USURPACIÓN (ART.181 INC.1) DENUNCIANTE: UNIVERSIDAD NACIONAL DE MORENO”, y con fecha 27 de abril de 2023, el Juzgado Federal de Mercedes resolvió la prohibición de innovar y ordenó la inmediata suspensión de toda construcción, movimiento de tierra, ingreso de personas y de cualquier otra actividad por parte del Municipio dentro del predio. Además la Universidad se presentó y fue admitida como querellante con fecha 5 de mayo de 2023.
Sin embargo, el Municipio apeló la medida y fundó su recurso con fecha 22 de mayo de 2023. El día 5 de junio la Universidad formuló su contestación, encontrándose a consideración de la Cámara interviniente.
- Por otra parte, dado que el Municipio desobedeció la orden del Juez Federal de Mercedes y el día 29 de abril de 2023, personal municipal rompió fajas e ingresó nuevamente al predio a realizar tareas y extraer materiales y/o tierra con camiones, la Universidad realizó la denuncia correspondiente la que quedo radicada en el Juzgado Federal de Morón, desconociendo la medidas adoptadas a la fecha “FSM 20751/2023”.
De todas las actuaciones que se ha tenido vista, surge que el Municipio insiste y funda todo su proceder en la Disposición SERyC N° 176/22 del 19 de septiembre de 2022, por la cual un Subgerente de Aprobación de Planos de Mensura de la Agencia de Recaudación de la provincia de Buenos Aires (ARBA), al solo requerimiento de la Intendenta Municipal, anuló el plano de subdivisión que gestionó la Universidad durante el año 2021, inclusive aprobado por el mismo Municipio, en virtud de los convenios vigentes con la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia (SENAF) por un lado y con la Dirección General de Cultura y Educación de la provincia de Buenos Aires y el Ministerio de Educación de la Nación por el otro.
Sobre este particular, es oportuno advertir que la medida fue recurrida por la Universidad y la autoridad actuante concedió el recurso jerárquico en subsidio, mediante Disposición SERyC N° 62/23 del 20 de abril de 2023, habiéndose ampliado el recurso y hallándose a consideración de la autoridad superior competente.
Por otra parte, hemos tomado conocimiento de la Disposición Nº 01/22 del 8 de noviembre de 2022 de la Secretaría de Cultura, Educación y Deportes, por la cual la Municipalidad había suspendido la obra del Polo Educativo a la adjudicado a la firma DIPRONOR S.A. con efecto retroactivo al 4 de agosto de 2022. A su vez, y desconociéndose la medida por la cual se dejó sin efecto definitivamente dicha adjudicación, también se tomó conocimiento que el Municipio realizó un nuevo llamado a licitación pública por esta obra (Nº 11/23), aprobada por Decreto N° 844/23, cuya apertura de sobres fue el día 11 de abril de 2023 y, por declaraciones realizadas a la prensa por la Secretaria de Obras Públicas el día 20 de abril de 2023, se hizo saber que dicha licitación resultó fracasada por falta de oferentes.
En ese contexto, con fecha 4 de abril de 2023 la Universidad interpuso un recurso administrativo contra la decisión de realizar un nuevo llamado y solicitó vistas de las actuaciones, sin respuesta hasta la fecha, aunque pese a todo ello, se ha instalado un cartel de obra, y realizado movimientos de suelo y otras tareas en el predio luego de la usurpación, que la misma Municipalidad asume públicamente realizados por la firma adjudicataria.
Por lo expuesto, la Universidad, advirtiendo la necesidad de procurar nuevas medidas de cooperación por parte del Estado nacional y provincial, e insistiendo en el deber de generar un ámbito de dialogo que permita hallar una solución urgente a esta situación, ha cursado diferentes notas a todos los organismos involucrados con ese fin.
Por todo ello, hacemos saber una vez más del compromiso de la Universidad para realizar todas las presentaciones y actuaciones necesarias para la recuperación del predio y del edificio existente, quedando a disposición de los interesados toda la documentación de los antecedentes antes reseñados para su mejor conocimiento, en el apartado del sitio web de la Escuela, donde se alojan todas las novedades respecto de la situación del predio de la ESPUNM.
10/05/2023
Información sobre las causas judiciales para la recuperación del predio ITUNM-ESPUNM
Información sobre las causas judiciales para la recuperación del predio ITUNM-ESPUNM
Estimadas Familias
Nos comunicamos nuevamente con el objeto de mantenerlos informados acerca de la situación en torno a las causas judiciales para la recuperación del predio del ITUNM-ESPUNM y las medidas que estamos llevando adelante a tal fin.
En primer lugar, les hacemos saber que hemos sido notificados de la decisión favorable del Juzgado Federal de Mercedes para ser admitidos como querellantes en la causa “MUNICIPALIDAD DE MORENO s/USURPACIÓN (ART.181 INC.1) DENUNCIANTE: UNIVERSIDAD NACIONAL DE MORENO” que iniciáramos como consecuencia de lo ocurrido el pasado 4 de marzo de 2023.
Asimismo, se nos ha notificado de la apelación de la MUNICIPALIDAD DE MORENO presentada el 4 de mayo de 2023 contra la decisión de no innovar dictada por el mencionado JUZGADO el pasado 27 de abril de 2023 y de su admisión quedando la causa a consideración de la CÁMARA FEDERAL DE APELACIONES DE SAN MARTÍN.
Una vez más, las acciones de la MUNICIPALIDAD y sus manifestaciones, tanto en estas actuaciones como las realizadas en forma pública, dan cuenta de la imposibilidad de concertar diálogo alguno, dando lugar a la compleja situación a la que hemos arribado que conlleva la necesidad de resolver esta controversia mediante una acción de fondo por la vía judicial. En este sentido, continuaremos con todas las presentaciones y actuaciones necesarias para la recuperación del predio y del edificio existente.
A pesar de ello, y como venimos sosteniéndolo durante todo este tiempo, no renunciamos a poder concertar un espacio de diálogo con las autoridades nacionales, provinciales y aun las municipales, para encontrar una solución consensuada que permita superar el daño que implica mantener paralizada la realización de esta obra.
03/05/2023
Otorgamiento de medida cautelar contra licitación publica del "Polo Educativo Moreno"
Otorgamiento de medida cautelar contra licitación publica del "Polo Educativo Moreno"
Estimadas Familias
Informamos que hemos sido notificados de la decisión del juez subrogante del Juzgado Federal de Moreno en la causa “UNIVERSIDAD NACIONAL DE MORENO c/ MUNICIPALIDAD DE MORENO s/MEDIDA CAUTELAR AUTÓNOMA” FSM 50064/2022”, que ha otorgado la medida cautelar de no innovar solicitada por la UNM contra la licitación pública del Polo Educativo en nuestro predio, ordenando a la Municipalidad y, a través de su intermedio, a la/s empresa/s y/o personas que se encuentren en el predio, a paralizar cualquier tipo de obra o trabajos dentro del mismo.
Es de señalar que, por la medida dispuesta, se hace saber a la Universidad que deberá interponer la acción principal que de resolución definitiva a la controversia, la que se reconoce resultante de la falta de diálogo y acuerdo entre las partes, lo que de ninguna manera puede derivar en perjuicio ni repercutir en los derechos de la comunidad educativa de Moreno, acción que estaremos realizando en los próximos días.
Por otra parte, en línea con lo anterior y en resguardo de la medida que dictara el Juzgado Federal de Mercedes que ordenó a la Municipalidad de Moreno suspender cualquier obra o actividad, movimiento de tierras o ingreso de personas al predio usurpado y dando curso a la denuncia penal por el delito de usurpación que realizó la UNM, hemos denunciado en el día de ayer la desobediencia comprobada el día sábado 29 de abril por parte de la Municipalidad que ingresó en 3 oportunidades al predio (una vez desde el Centro de Capacitación Laboral de su propiedad) y retiró primero un trailer allí depositado, luego 3 camiones de tierra y por último una excavadora, incumpliendo con la medida de no innovar oportunamente dispuesta. Esta denuncia quedó radicada en el Juzgado Federal de Morón, encontrándose aún pendiente la admisión de la Universidad como querellante y el pedido de restitución del predio en la causa por usurpación.
Asimismo, informamos que también hemos sido notificados por la Agencia de Recaudación de la provincia de Buenos Aires (ARBA) de la Disposición SERYC N° 062/23 por la cual se concede a la UNM el recurso jerárquico en subsidio presentado oportunamente contra la Disposición SERYC N° 176/22 y por la que dicha autoridad diera anulación al plano de subdivisión que realizara la Universidad durante el año 2021.
Por todo ello, hacemos saber que la Universidad continuará con todas las presentaciones y actuaciones necesarias para la recuperación del predio y del edificio existente por la vía judicial, a la vez que, en simultáneo, informará a las autoridades nacionales, provinciales y municipales involucradas de todo lo resuelto y actuado, insistiendo nuevamente en la concreción de una instancia de diálogo que permita las más rápida resolución de esta controversia y la realización de las obras allí previstas.
27/04/2023
Decisión Juzgado Federal de Mercedes
Decisión Juzgado Federal de Mercedes
Estimadas Familias
Informamos que en el día de ayer, en horas de noche, la Policía Federal se hizo presente en la UNIVERSIDAD para notificar la decisión del JUZGADO FEDERAL DE MERCEDES, que ordena suspender cualquier obra o actividad, movimiento de tierras o ingreso de personas al predio usurpado, dando curso a la denuncia penal que realizó la UNM por el delito de usurpación contra la MUNICIPALIDAD DE MORENO el pasado 4 de marzo de 2023.
Personal de la UNIVERSIDAD, que se hallaba presente en ese momento, acompañó a los notificadores al lugar donde se labró un acta con la presencia de otros testigos y entendemos que con posterioridad, se dirigió a la MUNICIPALIDAD para notificar al usurpador de la decisión del JUZGADO, donde finalmente recayó la causa iniciada.
Entendemos que esta medida y la que dispusiera la Sala de la CÁMARA FEDERAL DE SAN MARTIN por la licitación de la construcción del Polo Educativo, son concordantes y ratifican lo actuado por la UNIVERSIDAD y la necesidad de hallar un espacio de diálogo para la resolución del conflicto de fondo que permita inicia la construcción de la ESPUNM en forma inmediata.
En tal sentido, hacemos saber que, mientras informamos de estas medidas a las autoridades involucradas a la vez que instamos nuevamente al diálogo, reiteraremos nuestra presentación como querellantes y el pedido de restitución del predio ante el JUZGADO FEDERAL actuante en esta causa.
11/04/2023
Información importante en relación al predio de la UNM
Información importante en relación al predio de la UNM

A la comunidad universitaria
Informamos a la comunidad universitaria que en el día de hoy, la Universidad ha sido notificada sobre el fallo de la Cámara Federal de San Martín Sala II en la causa UNIVERSIDAD NACIONAL DE MORENO C/MUNICIPALIDAD DE MORENO S/MEDIDA CAUTELAR AUTÓNOMA; por el cual se ha resuelto revocar el pronunciamiento del Juez en primera instancia, concediendo la medida cautelar solicitada por la UNIVERSIDAD contra la licitación pública para la construcción del Polo Educativo Moreno que fuera impulsada por la MUNICIPALIDAD dentro del predio de la ESPUNM.
Entendemos que esta medida afirma lo expresado el 3 de abril de 2023 por la Asamblea Universitaria, que contó con la participación de representantes de diferentes entidades y colectivos de las comunidades universitaria y educativa de la ESPUNM y de la comunidad de Moreno en general.
A fin de materializar la recuperación del predio, se hace saber que la Universidad proseguirá con todas las medidas necesarias para la restitución del mismo, a la vez que se insistirá ante la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación, la Agencia de Administración de Bienes del Estado (AABE), el Ministerio de Educación de Nación, la Dirección General de Cultura y Educación de la provincia de Buenos Aires, la Agencia de Recaudación de la provincia de Buenos Aires (ARBA), el Registro de la Propiedad Inmueble de la provincia de Buenos Aires y la propia Municipalidad de Moreno para que por la vía del dialogo, administrativa, o de la justicia, en cuanto fuere necesario, se ratifiquen los acuerdos por los cuales fueron cedidos a la Universidad el predio en cuestión y el edificio existente, a fin de que pueda encausarse el conflicto suscitado.
Por último, la Universidad hace público su agradecimiento a todos los miembros de la comunidad universitaria y escolar de la ESPUNM, a los dirigentes, referentes y representantes de los distintos partidos políticos, colectivos y entidades que participaron de la Sesión Extraordinaria de la III ASAMBLEA UNIVERSITARIA el pasado 3 de abril; como así también a quienes por diferentes medios han enviado sus mensajes de solidaridad y apoyo a la Universidad y expresado su acompañamiento para la recuperación del predio y la rápida concreción de un proyecto que implica incorporar 1.800 vacantes netas de nivel secundario al distrito, además de garantizar las condiciones necesarias para los 216 estudiantes que hoy ya se encuentran estudiando en la ESPUNM.
Universidad Nacional de Moreno
14/03/2023
Declaración del CIN en apoyo al reclamo de la Universidad Nacional de Moreno
Declaración del CIN en apoyo al reclamo de la Universidad Nacional de Moreno
Compartimos la Declaración del Consejo Interuniversitario Nacional (CIN) en torno a la usurpación del predio de la ESPUNM:
El Comité Ejecutivo del Consejo Interuniversitario Nacional (CIN) ha tomado conocimiento de la preocupante situación que atraviesa la Universidad Nacional de Moreno (UNM) a partir de la controversia generada por la propiedad del predio del que legítimamente dispone en esa localidad de la provincia de Buenos Aires.
Llamamos a que que las partes involucradas en esta conflicto procuren un ámbito de diálogo que permita hallar una solución de consenso para la pronta restitución de dicho espacio a la casa de altos estudios, en aras de la concreción del proyecto de la obra de una escuela politécnica.
Manifestamos nuestro incondicional apoyo a la UNM en su reclamo para llevar a cabo un proceso de desarrollo local sostenido y reconocemos su contribución para la construcción de una sociedad más equitativa a partir de las condiciones endógenas necesarias.
Comité Ejecutivo del Consejo Interuniversitario Nacional
Buenos Aires, 14 de marzo de 2023
Compartimos un video de la usurpación del predio y fotos actuales del mismo:

13/03/2023
Declaración de la UNM en torno al conflicto por la titularidad del predio y edificio de la ESPUNM y la usurpación del mismo por la Municipalidad de Moreno
Declaración de la UNM en torno al conflicto por la titularidad del predio y edificio de la ESPUNM y la usurpación del mismo por la Municipalidad de Moreno

La Universidad Nacional de Moreno viene atravesando una serie de hechos y situaciones conflictivas con el Municipio de Moreno, producto de la falta de respuesta o resolución a las solicitudes o cuestiones planteadas, cuando no la adopción de decisiones contrarias a esta, con el único fin de afectar su funcionamiento o desarrollo.
Prueba de ello, es la negativa concretar la puesta en marcha del Centro de Investigación, Desarrollo e Innovación de la Universidad Nacional de Moreno (Centro I+D+i UNM) en el Parque industrial Moreno I, la intimación de supuestas deudas de Tasa de Servicios Generales con amenaza de juicio de apremio por los predios de la Universidad, el impedimento de la construcción de dársenas de estacionamiento a 45° a lo largo del frente de la UNM sobre la Av. Bme. Mitre (en el contexto de su repavimentación), la negativa a adoptar medidas de cooperación en materia vial y de seguridad en los alrededores de la Universidad poniendo en riesgo esta comunidad universitaria, o la oposición a la propuesta de recuperación del Museo Florencio Molina Campos de Moreno, llegando al extremo de procurar por diferentes medios y actos impedir la resolución cooperativa de la transferencia de un edificio propio a la UNM y resolución de su ocupación transitoria por una escuela del distrito (pese a lo cual se logró), por mencionar algunas de las controversias mas graves que se han suscitado en lo que va de la actual gestión.
Lo señalado, es concordante con la no participación en el Consejo Asesor Comunitario de la Universidad, ni en actividades o eventos de mutuo interés, o en cualquier otro ámbito de cooperación institucional, excepto las prácticas pre-profesionales de nuestros estudiantes. En suma el Municipio y la Universidad no han concertado ninguna iniciativa o proyecto de interés común que pudiera impulsarse en el marco de la infinidad de convocatorias que diferentes organismos públicos nacionales o provinciales impulsan (lo que sí ocurre con casi todos los Municipios vecinos); por lo que la UNM no presta ninguna colaboración en materia de investigación, vinculación o extensión que no sea por iniciativa propia o con otros terceros en el ámbito de nuestro distrito. En consecuencia, jamás se ha concretado algún diálogo que permitiera producir sinergia alguna para la atención de objetivos comunes a favor de esta comunidad, afectando grandemente las oportunidades y capacidades que ambas entidades deben desarrollar a favor de nuestro pueblo.
Lo expuesto, ha escalado a una situación de manifiesta violencia institucional por una artificial controversia en torno a la titularidad de un predio de la UNM, que a su vez a impedido la construcción de la Escuela Secundaria Politécnica de la Universidad Nacional de Moreno (ESPUNM), producto de la constante apelación a la fuerza de los hechos consumados, la intimidación e inclusive desconociendo y/o tergiversando la documentación, ha logrado producir ilegalmente la anulación de los derechos de la Universidad, llegando al extremo de la usurpación del predio por la fuerza y en horas de la madrugada el pasado 4 de marzo de 2023.
La parcela afectada por este lamentable conflicto, que forma parte integral de los predios de la UNM que fueran cedidos por sendos acuerdos del año 2010 y 2021, está identificada como 2a, tiene 7.623m2 y contiene un edificio construido hoy en préstamo a la Escuela Nº 37, lo que también se pone en crisis con este accionar y usurpación, cuya situación se resume en forma separada.[1]
Cronología del conflicto por el predio
- El 14 de octubre de 2010, la Secretaria Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia (SENNAF) del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación, titular de los predios e instalaciones del ex Instituto Mercedes de Lasala y Riglos, el Municipio de Moreno (que tenía por Convenio anterior su uso) y la Universidad (que se inauguraba oficialmente ese día), suscribieron un convenio por el cual acordaban la cesión a la Universidad del edificio del ex Instituto y parte de los predios, a concretarse en forma definitiva dentro de un plazo máximo de 10 años.[2]
- El Convenio contemplaba una cláusula especial, que preveía la relocalización de 3 entidades educativas preexistentes dentro de estas instalaciones (provinciales y nacional), a fin de dotar a cada una de ellas de la unidad funcional necesaria. Por tal motivo, se estableció el compromiso de confeccionar un plano de subdivisión en el que se incluyera una reserva, proyectada dentro de la parte cedida a la Universidad, para la relocalización definitiva de las entidades allí enunciadas dentro del mencionado plazo y conforme los diagramas que forman parte del mismo Convenio.[3]
- La mencionada “reserva para uso de equipamiento comunitario a ceder”, se realizó sobre la franja lateral al sur del predio que quedó delimitado en el plano de subdivisión aprobado en el año 2012 (Parcela 2), por la apertura de la calle Corvalán que dividió la parte de la Universidad en 2, resultando diferenciados el Campus Deportivo del Campus Universitario.[4]
- Definida la porción de uso universitario exclusivo, la Universidad procuró la transferencia definitiva de la misma en forma anticipada al plazo previsto de 10 años y, por la Ley 27.068 del Congreso de la Nación, quedó definitivamente regularizada en 2015.
- El proceso de relocalización de entidades en la Parcela 2 duró algo más de 10 años y durante el mismo, se reubicaron en forma definitiva: el Instituto Superior de Formación Docente Nº 110 “Mercedes de Lasala y Riglos” y el Jardín de Infantes asociado, Nº 938 “Madre Clara”, ambos dependientes de la provincia de Buenos Aires, y el Jardín Maternal “Kesachay” dependiente del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación. Por otra parte, se agregaron la Escuela de Formación Profesional del Municipio de Moreno y, en la parte excedentaria de la reserva, la Escuela de la Universidad. Dado el uso que se dio a todo el inmueble del ex Instituto, se ha dado en llamar a este conjunto “Polo Educativo Moreno”.
- Al cabo de los 10 años previstos para proceder a la cesión definitiva (14 de octubre de 2020), la Universidad inició las tratativas para la regularización definitiva de la reserva y el 22 de febrero de 2021 firmó el Protocolo Adicional Nº 2, por el cual la SENNAF reconocía que se habían satisfecho los compromisos asumidos, y asignado el remanente a la Escuela de Formación Profesional del Municipio de Moreno y a la ESPUNM y el Instituto Tecnológico (ITUNM) de la Universidad, quedando expedita la vía para la subdivisión y transferencia definitiva a cada una de las entidades.
- Finalmente, concluidas las tramitaciones, el 10 de diciembre de 2021, la provincia aprobó el plano de subdivisión definitiva de la Parcela 2, quedando delimitadas las parcelas respectivas de cada una de las 5 entidades en funcionamiento[5]; luego de lo cual, cada entidad recibió su cédula catastral de ARBA y su Certificado de Dominio emanado del Registro de la Propiedad de la provincia. Concluido ello. Todo ello fue debidamente comunicado a la Administración de Bienes del Estado (AABE), para la regularización definitiva de los dominios respectivos.
- En paralelo, la Universidad proyectó y obtuvo el financiamiento para la construcción del Edificio del ITUNM-ESPUNM, concebido para albergar a la Escuela con 4 modalidades de secundaria con jornada extendida y en 2 turnos para una población aproximada de 1.800 estudiantes en total y al ITUNM (en formación), los que a su vez han de funcionar en forma articulada y en el mismo predio, con el Nodo de Gestión Tecnológica e Innovación Productiva (GETEC-UNM), conjunto que se ha dado en llamar Espacio UNM-TEC, con la finalidad de contribuir a fortalecer capacidades de desarrollo endógeno del distrito. A tal fin, se gestionó el Certificado de Aptitud Ambiental de la obra ante el Municipio, el cual es indispensable para que pueda realizarse, pero que, al negarse a extenderlo, no pudo iniciarse y quedó en suspenso la asignación de los fondos.
- A su vez, desde el mes de marzo de 2022, el Municipio primero impuso la clausura de la obra (todavía inexistente) y luego informó su pretensión de anular el dominio del predio de la Universidad, luego de 12 años de posesión pacífica e ininterrumpida desde la firma del convenio de 2010. Producto de ello, la Universidad envió notas en varias oportunidades, llegando hasta la interposición de reclamos y recursos administrativos sin éxito alguno.
- El 26 de mayo de 2022, el Municipio solicita a ARBA que se anulen las subdivisiones realizadas manifestando que la Universidad no tenía poderes suficientes para realizarla, porque el Convenio de 2010 se “hallaba vencido”, negando así al Protocolo Adicional Nº 2 (que era conocido con anterioridad por la Municipalidad y por ARBA, y que permitió tramitar el plano definitivo de 2021 y las transferencias realizadas). La presentación omite que el predio no se hallaba libre, siendo que se encontraba ocupado por varias entidades en funcionamiento (como lo demuestra el plano definitivo de 2021), ni se hallaba cedido al Municipio u ocupado por este en algún momento, salvo por la parcela cedida para el Centro de Formación Laboral). Además, agrega copia de la cédula catastral original del año 2012 (que no coincide con la que obra en poder de la UNM), haciendo figurar que se encuentra registrada a nombre de la Municipalidad y no del Estado Nacional Argentino, para hacer valer su pretensión.
- Para mayor agravamiento de la situación, el Municipio licitó y adjudicó en el mes de julio de 2022 la construcción del Consejo Escolar de Moreno dentro del predio de la UNM, sin tener posesión del mismo ni acuerdo con el gobierno de la provincia que convenga la realización de una obra de su competencia, con los recursos asignados al “Fondo de Financiamiento Educativo” desviándolos de su fin esencial, incumpliendo plazos mínimos legales, reconociendo una inexistente visita al lugar de la obra por los interesados, adjudicándola en un solo día y sin intervención de ningún área técnica competente, emitiendo la orden de compra al día siguiente y hasta ordenando el pago del anticipo por decisión de la Municipalidad y no por requerimiento de la empresa, todo de manera impropia con los procedimientos administrativos más elementales.
- Ante el silencio del Municipio y la imposibilidad de iniciar la obra, la Universidad hizo público que no podía garantizar la continuidad de la ESPUNM y que quedaba reducida a una Escuela Secundaria Básica, mientras debiera funcionar en las actuales condiciones provisorias por falta de espacio. Ello dio lugar a varias movilizaciones de las familias, para exigir tanto al Municipio como a la Universidad, la construcción de su edificio y el aseguramiento de la continuidad de la ESPUNM hasta la finalización de los estudios de los actuales estudiantes.
- El 21 de septiembre de 2022, las autoridades de educación y obras públicas del Municipio, convocaron a la Universidad y a las familias a una reunión en la que asumieron poseer la titularidad del predio al haber obtenido la anulación del plano de subdivisión del año 2021 por parte de ARBA y que habían adjudicado la obra del Consejo Escolar dentro del mismo el 22 de julio de 2022, dando por concluido el dialogo.
- En efecto, ARBA anuló el plano por Disposición SERyC N° 176/22 el 19 de septiembre de 2022, retrotrayendo la situación a lo plasmado en el plano del año 2012 y por tanto, la titularidad del dominio volvió al Estado Nacional Argentino; sin dar intervención a las entidades existentes a las que se había cedido y sin notificarlos de su decisión, lo que conlleva la afectación de sus derechos de propiedad por un acto administrativo de registro carente de los mínimos recaudos que hacen a su legalidad. La medida se dispuso argumentando que lo solicitó el Municipio (sin ningún respaldo para sostener su pretensión), “que no existen impedimentos impositivos” y “que no existen transferencias” (anteriores), en total falsedad con la realidad y omitiendo los acuerdos de 2010 y 2021 que determinaron las parcelas del plano aprobado con anterioridad, con constancia de la cesión del Estado Nacional a cada una de ellas. Por esta razón, se formuló el recurso administrativo correspondiente ante ARBA, sin respuesta aún, pese a las ampliaciones y reiteraciones realizadas. Asimismo, y en prevención de las medidas ulteriores que ello acarrearía, se formuló el recurso correspondiente ante el Registro de la Propiedad Inmueble de la provincia.
- Ante la gravedad de la situación, el 29 de septiembre de 2022, el Ministro de Educación de la Nación, junto con su par de la provincia, convocaron al Municipio y a la Universidad a fin de procurar una instancia de dialogo para hallar una solución de consenso y lograr la construcción estas y otras obras educativas, pero el Municipio no asistió, rechazando cual iniciativa que implique reconocer los derechos de la Universidad.
- Ante este panorama, la Universidad también propuso un Plan de Contingencia, consistente en extender el horario de funcionamiento de la ESPUNM, de modo tal que el Ciclo Básico ha de dictarse por la mañana y el Ciclo Superior (a partir del 2024) por la tarde-noche hasta las 21.00 hs, con 216 alumnos por turno; de este modo, se garantizaba la continuidad de la Escuela mientras deba subsistir en las reducidas y precarias instalaciones actuales, considerando las mejoras hoy en curso.[6]
- En prevención del perjuicio irreparable que implicaría el inicio de la obra del Municipio, la Universidad planteó ante la justicia federal una medida cautelar autónoma; motivo por el cual, este dictó en octubre de 2022 el Decreto N° 3727/22, por el que rechaza todas las solicitudes y recursos interpuestos por la Universidad, agotando formalmente la vía administrativa.
- El 28 de diciembre de 2022, el Juez declaró abstracta la medida impulsada. Planteó que la problemática de fondo era determinar cuál de las 2 partes ostenta un mejor derecho sobre el predio, la cual quedaría habilitada para hacer su obra y, reconoció “sería en última instancia el Estado Nacional el originario titular del inmueble en cuestión”, propiciando la necesaria intervención de todos ellos para determinar a cuál de los 2 partes se hallaba cedido. Además, sobre la base de la trascendencia de la cuestión, exhortó a la Universidad y al Municipio a intentar “el rumbo del diálogo esperanzador en la construcción de un camino de consenso que –por definición- no puede imponerse en este pleito”. La Universidad apeló, ya que el riesgo de intrusión e inicio de la obra seguía latente, y el recurso fue concedido y ya fundado, hallándose actualmente a consideración de la Cámara Federal de San Martín.
- Consecuentemente con la sentencia, la Universidad ha procurado desde entonces la ratificación de todos los documentos y elementos que hacen al reconocimiento de sus derechos, solo desconocidos por el Municipio y a posteriori de su vigencia, a la vez que hizo público y comunicado fehacientemente su vocación por hallar una instancia de dialogo que permita resolver el conflicto que transitamos y/o concertar las medidas que mejor convengan, aún las judiciales (también lo había hecho con anterioridad sin éxito). Así también, se cursaron notas al ejecutivo y legislativo municipal y a todas las autoridades nacionales y provinciales involucradas con el mismo fin.
- Lamentablemente, al momento de contestar agravios en la apelación a la sentencia, el Municipio manifestó el 11 de febrero de 2023: “atento a que el inmueble no es propiedad de la actora (por la Universidad) NADA RESTA POR “CONCILIAR” (haciendo referencia a la expresión utilizada por el Sr. Juez y así encomillado y en mayúscula); dando por concluida toda instancia de dialogo que permitiera hallar una solución superadora de consenso.
- El día anterior, el Registro de la Propiedad Inmueble; fundado en una ley provincial no aplicable a un predio nacional destinado a fines de utilidad nacional, además de incumplir con los recaudos que la misma prevé para poder aplicarla; omitiendo la realidad de los hechos al certificar que se había verificado la realidad del estado el 1ro. de noviembre de 2022, es decir desconociendo que no se hallaba libre y que se encontraba subdividida físicamente y completamente ocupada por las 5 entidades en funcionamiento, tal como lo refleja el plano de subdivisión definitiva de 2021; emitió un certificado de dominio de la antigua parcela a nombre de la Municipalidad de Moreno. Al igual que con la anulación del plano de 2021, tampoco se dio intervención a la Universidad, ni se notificó de esta medida que afecta su derecho de propiedad.[7]
- Con estos antecedentes, el día 4 de marzo de 2023, el Municipio usurpó por la fuerza el predio de la Universidad, que ocupa y mantiene ininterrumpidamente desde el 14 de octubre de 2010, como manifestación de su negativa a entablar dialogo alguno con todas las autoridades que lo procuraron, incluida la Universidad. Lo efectuó en horas de la madrugada, rompiendo candados, anulando todas las cámaras de vigilancia desde el interior y exterior, retirando parte de nuestros bienes y vallado perimetral de seguridad, y expulsando al personal de seguridad de la UNM. A la fecha, ya ha iniciado un cerco definitivo e iniciado su obra.
- En estas circunstancias, la Universidad realizó inmediatamente la denuncia policial, formuló la demanda penal por usurpación en el Juzgado Federal correspondiente y también denunció la intrusión ante la Cámara Federal de San Martín donde tramita la medida cautelar por resolver.
- En paralelo y dado que el Municipio se niega al dialogo y no reconoce la cesión del predio a favor de la Universidad, se tramita otra causa de acción declarativa de certeza sobre la titularidad del predio para concluir con la situación de fondo de esta controversia.
Cronología de la situación del edificio de la ESPUNM existente en el predio
- El proyecto de la ESPUNM inició en 2013 con el Programa de Creación de Nuevas Escuelas Secundarias con Universidades Nacionales de la Nación.
- En 2015 se suscribió el Convenio Marco de Cooperación con el Ministerio de Educación de la Nación para su creación y se inició la construcción de su edificio, proyectado e impulsado desde 2014 en una porción del predio cedido a la Universidad, y por intermedio de la provincia de Buenos Aires, a la vez que se impulsaron diferentes acciones a tal fin.
- Con el cambio de autoridades en los 3 niveles de gobierno a finales de dicho año, la obra quedó inconclusa en 2016 en un alto porcentaje, a la vez que se desistió con la continuidad del Programa, quedando transitoriamente paralizada la propuesta. No obstante, la UNM continuó bregando por su concreción, gestionando la transferencia del edificio en el estado en que se hallaba y adoptando nuevas medidas para su puesta en marcha.
- Días antes de la finalización del mandato de las autoridades salientes en diciembre del 2019, se produjo la ocupación del edificio de la ESPUNM por parte de la comunidad de la Escuela Secundaria Nº 37 de Moreno, como consecuencia de las dificultades edilicias que atravesaba. Este hecho, implicó la necesidad de impulsar una mesa de diálogo entre las nuevas autoridades nacionales, provinciales, municipales y de la Universidad para hallar una solución de consenso que incluyera la resolución de la situación de esa comunidad escolar.
- Con el compromiso común de concretar urgentemente el inicio de actividades de la ESPUNM, el 5 de octubre de 2020 se concertó un convenio que se formalizó el 17 de diciembre de 2020, entre la Dirección General de Cultura y Educación de la provincia, el Ministerio de Educación de la Nación y la Universidad, por el cual la provincia reconocía la propiedad y entregaba el edificio a la Universidad en el estado en que se hallaba, pero ocupado transitoriamente por la Escuela Secundaria N° 37, hasta su reubicación en un nuevo edificio propio, dentro de un plazo de 2 años (hoy ya vencido), renovable por otros 2 con mas 1 año de transición, y a construir con el aporte de la Nación.
- El día 18 de noviembre de 2020, el Municipio anunció el desistimiento de suscribir el acuerdo que implicaba refrendar el compromiso de transferir un predio fiscal para la radicación de la Escuela Secundaria Nº 37, quedando en cabeza de la Dirección General de Cultura y Educación la procuración del mismo.
- La ESPUNM iniciaba actividades el 20 de noviembre de 2020, con el sorteo de vacantes para el ciclo lectivo 2021, comenzando a funcionar en un área provisoria delimitada dentro del Campus Universitario, mediante la incorporación de aulas modulares con el aporte del Estado Nacional.[8]
- Por su parte, a principios del 2021 se planteó la ampliación del edificio existente de la ESPUNM, para cuando pudiera funcionar en forma plena en su edificio al momento de concretarse la transferencia definitiva. La iniciativa debió dejarse sin efecto, dada las dificultades de cooperación con la comunidad escolar que la ocupa; en el contexto de la indefinición sobre su futuro edificio propio y las acciones impulsadas por el Municipio, primero negando la asignación de un predio fiscal para que se construya y luego insistiendo en que ha de impulsar la cesión definitiva de nuestro edificio a esta.
- A su vez, desde inicios del 2022, la construcción del nuevo edificio ITUNM-ESPUNM en la porción libre del predio y en el marco del proyecto UNM-TEC, tampoco pudo efectivizarse por el proceder del Municipio, lo que ha afectado no solo a la ESPUNM, que iba a funcionar inicialmente en este nuevo edificio, sino también a la Escuela Secundaria N°37, ya que esta obra nos hubiera permitido prolongar la cooperación con esta el tiempo que fuera necesario para que se encuentre solución a sus necesidades.[9]
- A la fecha, la construcción de un edificio propio para la Escuela Nº 37 no ha iniciado (nos hallamos dentro del plazo de prórroga previsto), dado que no se ha asignado ningún predio fiscal o comprado uno. Ello también nos plantea una situación de crisis inminente atento que el espacio donde se encuentra la ESPUNM no puede ampliarse; por lo que solo se admite, a partir del 2024, un funcionamiento en 2 turnos de 216 alumnos (ciclo básico por la mañana y ciclo superior por la tarde-noche).
- El Plan de Contingencia propuesto por la Universidad, de modo tal que el Ciclo Básico se dicte por la mañana y el Ciclo Superior (a partir del 2024) por la tarde-noche hasta las 21.00 hs, mientras perdure esta situación y la obra, también se encuentra en crisis, puesto que la comunidad de padres entiende que no es una opción admisible, teniendo en cuenta que la mayoría vive a considerable distancia de la ESPUNM (siendo que es una Escuela de todo el distrito y no solamente de las proximidades donde se encuentra[10]), por lo que plantean que esta modalidad constituye una efectiva barrera para la prosecución de los estudios de sus hijos. Alternativamente propician que las 3 cohortes existentes continúen el cursado de sus estudios en forma íntegra por la mañana, y que las próximas cohortes ingresantes lo hagan por la tarde-noche y así alternativamente conforme se produzcan nuevas vacantes.[11] Por tal motivo, han manifestado la intención de iniciar acciones judiciales en defensa del derecho a la educación de sus hijos.
- De manera que, la anulación del dominio del predio de la Universidad, no solo afecta la construcción de un nuevo edificio, sino también la propiedad del edificio existente dentro del mismo y objeto del Convenio del 17 de diciembre de 2020.
- Luego de la usurpación realizada el pasado día 4 de marzo de 2023, el Municipio comenzó a cambiar el cerco perimetral en forma integral, incluyendo la porción afectada al edificio existente y anunció que procurará que la Escuela Secundaria N° 37 permanezca definitivamente en el edificio de la Universidad, en oposición al Convenio suscrito entre la Dirección General de Cultura y Educación de la provincia, el Ministerio de Educación de la Nación y la Universidad, impulsando otro frente de conflicto con la Universidad.
Consideraciones finales
Desde el 2022, la UNM se encuentra impedida de concretar la construcción del edificio ITUNM-ESPUNM y probablemente, de acceder a otro edificio existente propio porque el Municipio se considera propietario del predio, para lo cual procuró y concretó en forma irregular en febrero de 2023, la anulación del dominio de la Universidad concretado en 2021 y luego de 12 años de posesión pacífica e ininterrumpida del mismo, por cesión del Estado Nacional Argentino por sendos acuerdos que por todos los medios intenta desconocer. Con posterioridad, lo usurpó y actualmente anuncia que procurará la entrega definitiva del edificio existente a otra comunidad escolar, también en oposición a otros acuerdos suscritos con las autoridades nacionales y provinciales.
Esta última medida de intrusión, el inicio de su obra y los anuncios realizados, tienen por fin oponer a la Universidad por todos los medios e impedir la consolidación de la ESPUNM y el proyecto que la contiene. Ello también da cuenta de la voluntad del Municipio de agotar cualquier instancia de dialogo, dada la negativa expresada con anterioridad a todas las autoridades involucradas para hallar una solución política a esta controversia y tal como lo manifestara en su contestación al Juez en primera instancia. Todo ello también es expresado por los funcionarios municipales intervinientes y representantes en el Concejo Deliberante ante los medios.
Por tal motivo, la Universidad se ha visto impelida a iniciar las demandas antes reseñadas para que se restituyan sus bienes y se reconozcan sus derechos y hacer pública esta lamentable situación por todos los medios a su alcance. La UNM no posee predios libres de uso, ya que todo su desarrollo de infraestructura edilicia se encuentra sostenido en un Plan Maestro de Intervención para el Desarrollo Edilicio, Infraestructura y Equipamiento y en un Plan de Gestión Ambiental y Sustentabilidad del Campus periódicamente actualizados, y que dan sustento al Plan Estratégico de Desarrollo de la Universidad, en función de las proyecciones, necesidades y demandas del territorio.
Por otra parte, cualquier medida que implique el desmembramiento o externalización de la ESPUNM de la Universidad, por cualquier alternativa de compensación de suelo que pudiere ofrecerse, dado los beneficios y economías que conlleva la contigüidad edilicia y los usos compartidos del campus deportivo, de los laboratorios, del comedor, de las bibliotecas, etc., entre otros, tornan inviable dicha opción, con el agravante de que además impiden la realización del proyecto conjunto UNM-TEC que contiene a la ESPUNM.
Téngase presente que la UNM, hoy cuenta con unos 12.000 cursantes efectivos al cabo de algo más de 12 años de funcionamiento, hallándose todavía por debajo del promedio que poseen las universidades que ya cuentan con una más larga trayectoria. En 2023 han iniciado 4 nuevas carreras universitarias, totalizando 16 a la fecha, y en 2024 al menos otra más se incorporará. Por todo ello, resulta evidente que sus disponibilidades actuales no le permiten absorber mayor población estudiantil sin nuevas inversiones, lo que implica seguir incorporando edificaciones en una cuantía que debe duplicar los metros cuadrados edificados de que hoy dispone dentro de su predio, y cuya factibilidad de insertarse, debe subordinarse a los indicadores urbanísticos que el mismo Municipio ha fijado.[12] [13]
En síntesis, esta situación ya ha implicado la postergación del proyecto de la ESPUNM por un ciclo lectivo mas, después de 10 años de impulsado y en las actuales circunstancias, por otro más por lo que va del presente. Así las cosas, la Escuela de la Universidad solo podrá sobrevivir en la escala y situación en que se encuentra reducida a 432 vacantes y sin poder desplegar su proyecto pedagógico en plenitud, eso sí además, se logra conciliar con la comunidad un régimen de turnos viable.
En las actuales circunstancias, la Universidad hace público su compromiso y garantía de continuidad del funcionamiento de la ESPUNM, al menos en las condiciones en las que hoy se desenvuelve, y hasta que se reconozcan nuestros derechos en la instancia judicial. Por tal motivo, invitamos a todos a mantener la calma, evitar medidas de acción directa, y no responder agravios, en el entendimiento de que a través de la justicia llegaremos a que la razón y la verdad prevalezcan. Bajo esta premisa, entendemos que es necesario que la comunidad en general conozca la verdad de este conflicto y la posición de la Universidad y de su comunidad estudiantil.
En tal sentido, es necesario afirmar que este proyecto implica asegurar una contribución muy necesaria al territorio de Moreno en materia educativa; al lograr que se concrete una ampliación neta de vacantes del nivel secundario de 1.800 estudiantes, lo que más temprano que tarde, acontecerá.
Precisamente, una de las razones principales que impulsaron el nacimiento de la UNM fue que las tasas de escolarización superior y universitaria a nivel local eran sensiblemente inferiores a la media nacional y del área metropolitana; su presencia en el territorio siempre fue concebida en intima relación con el Estado en todos sus niveles, con las organizaciones comunitarias y el sector productivo y del trabajo de la región, a fin de que fuera un factor de desarrollo y de transformación social, por medio de una interacción mutuamente influyente y beneficiosa, por la contribución que esta puede hacer desde la investigación aplicada, la vinculación tecnológica y la extensión.
En síntesis, la concreción del proyecto UNM-TEC, que contiene a la ESPUNM, es una expresión de esa voluntad política compartida por esta comunidad universitaria y del pueblo de Moreno en su conjunto, de dar un paso más hacia el objetivo de redistribuir el poder y el conocimiento para construir una sociedad más equitativa que posea las condiciones endógenas necesarias para llevar a cabo un proceso de desarrollo local sostenido.
Imágenes de la usurpación
Documentación respaldatoria
Convenio 246 del 10 de octubre de 2010
Protocolo Adicional Convenio 246 del 22 de febrero de 2021
Convenio Edificio ESPUNM NACION-PROVINCIA-UNM 17 de diciembre de 2020
CONSEJO SUPERIOR
UNIVERSIDAD NACIONAL DE MORENO
Referencias
[1] En el anexo se incluye documentación relevante que respalda los señalamientos aquí expuestos.
[2] Vale mencionar que por dicho Convenio, el Municipio recibió más de 12 hectáreas, sin computar calles publicas abiertas y por abrir, en las que el Municipio no produjo ninguna mejora hallándose desocupadas y en estado de abandono a la fecha; excepto por la porción que ocupa la Plaza Bujan que había sido consolidada con anterioridad a este Convenio.
[3] Los diagramas incluidos definen que al sur y oeste de la Av. Daract y la calle Arribeños, los predios que se conformen en el plano de subdivisión de los inmuebles del ex Instituto pasarán a la Universidad y al norte y este de ambas arterias, al Municipio.
[4] La subdivisión fue realizada por cuenta y orden de la Universidad, por mandato del Convenio y necesariamente con el acuerdo del Municipio con el cual se estableció la reserva y se proyectaron los usos y futuras parcelas que quedaran delimitadas al término de dicho Convenio con la aprobación del plano de subdivisión del año 2021.
[5] Es necesario remarcar que del Municipio, durante los meses de agosto y septiembre tuvo la intervención de su competencia, prestando conformidad y sin observaciones que formular en el visado del plano que finalmente quedará aprobado por ARBA el 10 de diciembre de 2021. La subdivisión definitiva fue realizada por cuenta y orden de la Universidad, por mandato del Protocolo Adicional Nº 2.
[6] La comunidad de padres entiende que no es una opción admisible, teniendo en cuenta que la mayoría vive a considerable distancia de la Escuela, ya que ésta es de todo el distrito y no solamente de las proximidades donde se encuentra, concluyendo que constituye una efectiva barrera para la prosecución de los estudios de sus hijos. Alternativamente propician que las 3 cohortes existentes continúen el cursado de sus estudios en forma íntegra por la mañana, y que las próximas cohortes ingresantes lo hagan por la tarde-noche y así alternativamente conforme se produzcan nuevas vacantes, aprestándose a iniciar acciones judiciales en defensa del derecho a la educación de sus hijos. Esta última opción fue desechada ya que plantea dificultades para organizar y consolidar una jornada de labor del personal de manera regular en el tiempo.
[7] Lo expuesto también afecta los dominios regularizados del Instituto Superior de Formación Docente Nº 110 “Mercedes de Lasala y Riglos” y del Jardín de Infantes asociado, Nº 938 “Madre Clara”, ambos dependientes de la provincia de Buenos Aires, y del Jardín Maternal “Kesachay” dependiente del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación.
[8] El espacio continuo ampliándose con la sucesiva incorporación de aulas modulares de modo de poder permitir la incorporación de las cohortes 2022 y 2023, llegando a la fecha al límite de expansión admisible, teniendo en cuenta que no es posible asignar mayor espacio de expansión por la existencia de edificios contiguos destinados al uso universitario.
[9] En estas circunstancias, el ITUNM podría funcionar transitoriamente compartiendo aulas y laboratorios de uso universitario (siendo que se trata de estudiantes adultos), hasta que pudiera acceder al edificio que hoy ocupa la Escuela N° 37.
[10] El régimen de vacantes instituido, las distribuye de manera equitativa por medio de un sorteo en proporción a la población de las distintas localidades del partido de Moreno y con paridad de género
[11] Esta última opción no resulta factible para poder organizar y consolidar una jornada de labor del personal de manera regular en el tiempo.
[12] En conclusión no es factible seccionarlo para crear el espacio que demanda el proyecto UNM-TEC y/o la ESPUNM, sin bloquear la futura expansión de la Universidad; considerando que solo las necesidades de esta última representan un 17,85% de la infraestructura disponible en la actualidad.
[13] La irracionalidad de la pretensión de despojar a la Universidad de su predio para construir una obra fuera de la competencia municipal y con fondos propios resulta más grave aún, si se tiene en cuenta que al momento de subdividirse el predio original entre la Universidad y el Municipio, este último recibió más de 12 hectáreas, en buena parte desocupadas y en estado de abandono.
04/03/2023
Comunicado de la Universidad por la usurpación del predio de la ESPUNM
Comunicado de la Universidad por la usurpación del predio de la ESPUNM

En horas de la madrugada del día de hoy, la Municipalidad usurpó el predio de la ESPUNM. El operativo encabezado por la Secretaría de Obras Públicas y Servicios Públicos, Ing. María Giménez y el Director del IDUAR, Dr. Federico Aliaga, consuma una vez más un acto de violencia contra la Universidad Nacional de Moreno.
Lamentablemente, el Municipio insiste en el uso de la fuerza, la intimidación y la mentira, como medio para anular los derechos de la Universidad. En efecto, en horas de la noche, abriendo el cerco lindero del Centro de Capacitación Municipal ingresaron subrepticiamente al predio de la Universidad las autoridades municipales y, con el apoyo de otros funcionarios, primero desde el exterior y luego desde el interior, anularon todas las cámaras de vigilancia, para luego realizar el retiro de nuestros bienes e ingresando al Campus Deportivo también por la fuerza rompiendo candados, los dejaron depositados allí dentro. Seguidamente iniciaron el retiro cerco perimetral de la Universidad, a la vez que expulsaron a nuestro personal con su sola identificación como autoridades municipales que pasaban a ocupar el terreno.
Al momento, se aprestan a realizar un nuevo vallado y ya han instalado un cartel de su propia obra que han dado en llamar “Sandra y Rubén”, menoscabando su memoria al utilizar sus nombres para realizar este hecho vandálico que atenta contra la educación pública en nuestro pueblo, a horas de iniciar el ciclo lectivo 2023 en nuestra ESPUNM.
La Universidad ha procurado por todos los medios a su alcance concretar un ámbito de dialogo que no ha sido posible materializar para poder hallar una solución de consenso y superar esta infeliz situación. Este conflicto y este proceder de máxima violencia institucional, ratifica el devenir de innumerables cuestiones que han afectado nuestro funcionamiento y desarrollo en lo que va de la actual gestión municipal, con la que no hemos podido encontrar ningún ámbito de cooperación ni colaboración desde su inicio.
Pedimos a la comunidad universitaria y escolar serenidad en estos momentos y confianza en las medidas judiciales y administrativas y las denuncias correspondientes que la Universidad realiza para que se restituya nuestro predio y se reconozcan nuestros derechos, a la vez que se condenen los delitos cometidos por los funcionarios actuantes.
01/03/2023
Información importante para las familias de la ESPUNM
Información importante para las familias de la ESPUNM

Estimadas Familias
Ampliando la información compartida con anterioridad, hacemos saber que hemos fundado el recurso de apelación admitido el pasado 10 de febrero de 2023, cuyos considerandos y agravios se resumen en lo siguiente:
La sentencia de primera instancia resolvió:
a) Declarar abstracta la medida cautelar autónoma planteada por la Universidad en setiembre de 2022 contra la Municipalidad (considerando II)
b) Rechazar la medida cautelar autosatisfactiva interpuesta por la Universidad contra la Municipalidad en la ampliatoria, (considerando III).
Respecto del Punto a), la sentencia consideró que la Universidad interpuso una acción cautelar que consiste en pedirle al Juez que ordene la suspensión de los efectos del acto administrativo recurrido hasta que la Administración resuelva el recurso administrativo que agota la vía en un sentido u otro y, como la Municipalidad emitió el Decreto N° 3727/22 en octubre de 2022, rechazando todas las solicitudes y recursos interpuestos por la Universidad, formalmente agotó la vía administrativa. El Juez no tuvo en cuenta que la medida de no innovar era para impedir que se lleve adelante la decisión de ejecutar la construcción de la obra “Polo Educativo Moreno” en el predio y no para que la Municipalidad aclare, informe o resuelva los recursos administrativos.
Respecto del Punto b), rechaza la medida cautelar autosatisfactiva interpuesta y derivada de la respuesta del Municipio y del dictado del Decreto N° 3727/22, al considerar que las partes coinciden en que la cuestión a resolver es la determinación de la titularidad del predio, si bien reconoce, “sería en última instancia el Estado Nacional el originario titular del inmueble en cuestión”, cuestión que excede el planteo de la demanda. En este razonamiento omite hacer referencia al acuerdo de 2021 con el titular del predio (la Secretaria Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación) que ratificó expresamente la cesión definitiva de la parcela a cada entidad, incluida la de la Universidad, objeto de nuestro reclamo. También desconoce todas las piezas documentales consistente en convenios, inscripciones, planos, expedientes administrativos, en los que participaron todos las entidades mencionadas y que solo son desconocidos por el Municipio, a posteriori de todo y sin ningún respaldo que así lo determine. Nuevamente, con esta interpretación restrictiva del alcance de la medida cautelar, produce una efectiva privación del derecho de la Universidad, si la Municipalidad avanza con su obra.
Por otra parte, se apoya en el error de considerar que no hay una urgencia extrema e impostergable para prevenir un perjuicio irreparable e inminente, porque se ha dispuesto el “Plan de contingencia para habilitar el Ciclo Superior de los actuales estudiantes del Ciclo Básico a partir del año 2024”. Esta interpretación, desconoce que el Plan es una medida provisoria que tiende a asegurar la continuidad de las cohortes que ya ingresaron a la ESPUNM y la cohorte 2023 que ingresa este año, hasta la finalización de sus estudios y que solo podrá posibilitarse la incorporación de nuevas camadas si los actuales estudiantes pasan al turno tarde-noche en lo sucesivo, quedando reducida la Escuela a una capacidad máxima total de 216 alumnos por turno y en solo 2 modalidades de secundario, en las actuales instalaciones provisorias con que cuenta y que llegan a su máximo de ampliación posible.
Por último, sobre la base de la trascendencia de la cuestión involucrada, es decir, el derecho a la educación que está en juego, y los múltiples sujetos que se relacionan con el predio en litigio, el Juez concluye en exhortar a las partes a intentar “el rumbo del diálogo esperanzador en la construcción de un camino de consenso que –por definición- no puede imponerse en este pleito”.
Si bien, esta expresión desconoce los múltiples y continuos intentos de la Universidad para llevar adelante un diálogo con el Municipio y todas sus autoridades, el cual siempre fue negado; al punto de no asistir a la reunión convocada por las máximas autoridades del área educativa de la Nación y de la provincia de Buenos Aires que se disponían a procurar alternativas de solución en setiembre de 2022; la Universidad, siguiendo el consejo del Juez, asume públicamente el compromiso de reiterar los pedidos de audiencia que sean necesarios para concertar una solución de consenso.
Además, en resguardo de nuestros derechos, la Universidad ha apelado la sentencia. Nuestro planteo precisa en primer lugar que lo resuelto es contradictorio con el reconocimiento del carácter nacional –“propiedad de la Nación”-, y que se halla asignado a un establecimiento de utilidad nacional, tal como lo consagra el artículo 75, inciso 30 de la Constitución Nacional.
Por otra parte, al contestar la Municipalidad, por primera vez en octubre de 2022 y declarando que toda la parcela en reserva, donde se encuentran en pleno funcionamiento 5 entidades nacionales, provinciales, y municipal inclusive, ya era de su propiedad y que el plano de subdivisión del año 2021 se encontraba anulado, confirmó ante la justicia que iba a llevar adelante la construcción de su obra. Esto también es concordante con su negativa a entablar cualquier dialogo interinstitucional, como así también, con la actual comunidad de padres de la Escuela; por lo que recurrir a esta vía de acción en resguardo de sus derechos es ineludible y no puede subordinarse a la discusión sobre el fondo: la titularidad del bien.
En síntesis, el Municipio impulsó esta acción fundado en un rigor formal, a partir de una ley provincial no aplicable a un predio nacional destinado a fines de utilidad nacional. En efecto, a partir de la expresión “reserva para equipamiento comunitario a ceder” establecida en el plano de subdivisión del año 2012, la que fuera determinada para la reubicación de entidades educativas según el convenio que la misma Municipalidad subscribió, entiende sorpresivamente después de más de 10 años que toda la reserva fue cedida a la misma, aún cuando se ha acreditado lo contrario. Y además, siendo que nunca se registró como bien a nombre de la Municipalidad, tal como surge de la documentación confeccionada por el profesional agrimensor contratado por la Universidad en 2012, y que obra en poder de la Universidad, la cual difiere de la que ostenta el Municipio para impulsar el registro a su favor, precisamente en la titularidad y domicilio del mismo, como único sustento de su petición.
En este sentido, el impulso que el Municipio otorga a esta obra, excede cualquier grado de razonabilidad, teniendo en cuenta que la licitación que realizó sin la tenencia legal ni efectiva del predio tan solo para generar una situación de hecho dentro del mismo, llamando a una veloz licitación pública para la construcción de la misma sin acuerdo con el gobierno de la provincia que convenga la realización de una obra de su competencia, incumpliendo plazos mínimos, reconociendo una inexistente visita de los interesados al lugar donde se emplazará, adjudicándola en un solo día y sin intervención de ningún área técnica competente y hasta ordenando el pago del anticipo por decisión del contratista y no por requerimiento del contratado en el contexto de su inicio (que aún no se ha concretado), todo de manera impropia con los procedimientos administrativos más elementales.
A la fecha, apelando a la fuerza de los hechos consumados, manifestando razones infundadas, negando la realidad de la situación de la reserva y desconociendo y/o tergiversando la documentación respaldatoria, el Municipio ha logrado consumar en febrero de 2023 la anulación del plano de subdivisión del año 2021 y la reinscripción del plano del año 2012 por parte de ARBA, como medio para anular los derechos de la Universidad y hacer valer lo actuado contra esta desde marzo de 2022.
No obstante, y atendiendo la recomendación del Sr. Juez Federal que en su sentencia del pasado 28 de diciembre de 2022, que exhorta a las partes a intentar “el rumbo del diálogo esperanzador en la construcción de un camino de consenso que –por definición- no puede imponerse en este pleito”, hemos cursado una invitación a la Sra. Intendente para conformar una mesa de diálogo a integrar por funcionarios de ambas partes para hallar una urgente solución superadora de esta controversia.
Asimismo, a fin de emprender todas las medidas necesarias para dar certeza de la titularidad del inmueble, hemos procurado la ratificación de todos los documentos y elementos que hacen al reconocimiento de nuestros derechos por parte de la Secretaria Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación y formulado los recursos correspondientes ante la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA) que por Disposición SERyC N° 176/22 anuló el Plano de subdivisión Nº 074-215-2021, retrotrayendo la situación a lo plasmado en el plano del año 2012; sin dar intervención a los propietarios y ocupantes de los respectivos predios; y lo que es más grave, sin notificarlos de su decisión, lo que conlleva la afectación de sus derechos de propiedad por un acto administrativo de registro carente de los mínimos recaudos que hacen a su legalidad. Además, en prevención de las medidas ulteriores que ello acarrearía, también ante el Registro de la Propiedad Inmueble de la provincia, encontrándonos a la espera de sus respectivas respuestas en esta instancia.
En línea con lo anterior hemos solicitado nuevamente la colaboración del Ministerio de Educación de la Nación y de la Dirección General de Cultura y Educación de la provincia para hallar una solución de consenso. Del mismo modo, hemos solicitado al Consejo Escolar de Moreno, en tanto autoridades electas por el pueblo de Moreno para velar por el funcionamiento de la educación en el distrito, su intervención con el mismo propósito.
Lamentablemente, y en línea con lo anterior, al contestar el traslado del recurso de apelación, el Municipio manifestó: “atento a que el inmueble no es propiedad de la actora (por la Universidad) NADA RESTA POR “CONCILIAR” (haciendo referencia a la expresión utilizada por el Sr. Juez y así encomillado y en mayúscula).
A raíz de esto último, entendemos que la intervención del Honorable Concejo Deliberante de Moreno, teniendo en cuenta el rol que le cabe a este Cuerpo en materia de administración de los bienes inmuebles de dominio público municipal, y en consideración de lo alegado por el Ejecutivo Municipal, puede habilitar una solución superadora a esta controversia, por lo que nos hemos dirigido nuevamente al mismo solicitando su colaboración.
Por último y sin perjuicio de este panorama, hacemos público nuestro compromiso para extremar los recaudos a nuestra disposición en aras de una solución que contemple los intereses de todas las partes involucradas, y sobre todo los de la comunidad de la ESPUNM en forma perentoria; y sin que ello implique renunciar a la instancia judicial que reconozca la titularidad del dominio por parte de la Universidad, la cual exigirá un mayor tiempo para concretarse.
09/02/2023
Aceptación de la apelación de la Universidad
Aceptación de la apelación de la Universidad
Estimadas Familias
Informamos que en el día de ayer, la Universidad ha sido notificada de la decisión del Juez Federal, subrogante en la causa iniciada por la Universidad contra la Municipalidad de Moreno, que se ha concedido a la UNM el recurso de apelación contra la Resolución del anterior Juez Federal subrogante de fecha 28 de diciembre de 2022, la que fue comunicada en su oportunidad.
En tal sentido, mientras nos disponemos a realizar la presentación correspondiente, reiteramos una vez más nuestra voluntad de dialogar con todas las autoridades nacionales, provinciales y municipales, tal como lo exhortara el Juez interviniente en aquella decisión, con el objeto de poder arribar a la solución consensuada que demanda esta infeliz controversia que impide la realización de las obras proyectadas para el debido despliegue y pleno funcionamiento de la Escuela y de otras dependencias de la UNM.
Es por ello que, en simultáneo con las demás medidas que se vienen impulsando ante las distintas autoridades intervinientes para el reconocimiento de nuestros derechos, ratificamos la necesidad de que se adopte la medida precautoria solicitada, mientras se resuelve la discusión de fondo; ya que de lo contrario, de consumarse el inicio de la obra que pretende realizar el Municipio en nuestro inmueble, se causaría un daño irreparable a la ESPUNM y al derecho a la educación que todos los niveles de gobierno debemos garantizar.
Lic. Claudio Fardelli Corropolese
DIRECTOR ORGANIZADOR DE LA ESCUELA SECUNDARIA POLITÉCNICA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE MORENO
28/12/2022
Información importante sobre la decisión del Juez Federal por las medidas solicitadas por la Universidad
Información importante sobre la decisión del Juez Federal por las medidas solicitadas por la Universidad

En el día de la fecha, hemos sido notificados de la decisión del Juez Federal subrogante en la causa iniciada por la Universidad contra la Municipalidad de Moreno, exhortando a las partes a que pongan en conocimiento de las autoridades nacionales el conflicto de fondo, con “el fin de arribar a la mejor solución posible, a través del diálogo y en pos de la sociedad” y sobre la base de que la Universidad, ya ha implementado un plan de contingencia, en salvaguarda del derecho a la educación que fuera afectado por esta controversia y que ha impedido la realización de las obras para el funcionamiento pleno del ITUNM y la ESPUNM.
En tal sentido, el Juez aspira a que “con los elementos de juicio necesarios se encuentre el rumbo del diálogo esperanzador en la construcción de un camino de consenso que –por definición- no puede imponerse en este pleito” y, con fundamento en lo expuesto y por razones procedimentales, concluyó en declarar abstracta la medida cautelar autónoma y rechazar la medida cautelar autosatisfactiva impulsadas por la Universidad, contra la licitación y adjudicación de la obra del llamado “Polo Educativo Moreno” del Municipio dentro del inmueble que nos ocupa.
Por tal motivo, la UNM ya ha apelado la decisión, dada la necesidad de que se adopte la medida precautoria solicitada hasta tanto se resuelva la discusión de fondo, ya que de lo contrario, en caso de consumarse el inicio de la obra del Polo en nuestro inmueble, se causaría un daño irreparable que impediría la realización de obras con aprobación y financiamiento del Estado Nacional, poniendo en crisis no solo proyecto de la ESPUNM para una población estimada en más de 1.800 estudiantes, sino también el ITUNM y el NODO DE GESTIÓN TECNOLÓGICA E INNOVACIÓN PRODUCTIVA (Nodo GETEC-UNM), los que en conjunto conforman el espacio UNM-TEC, de vital importancia para todo el partido de Moreno.
Sin perjuicio de lo anterior, la Universidad comparte la opinión del Juez, en la búsqueda de soluciones consensuadas y a favor del interés general del pueblo de partido de Moreno, por lo que hacemos público una vez más, nuestra vocación de dialogo, expresada en infinidad de hechos y acciones anteriores, y las que reiteraremos con la solicitud del cese a la pretensión de apropiación del predio del ITUNM-ESPUNM.
Asimismo, queremos hacer público que mientras persista esta situación, la UNM seguirá trabajando con su comunidad para garantizar la continuidad del proyecto de la ESPUNM, sosteniendo su Plan de Contingencia, y cooperará como lo hizo hasta ahora, prestando su edificio y acompañando a la Escuela Nº 37 para que las autoridades municipales y provinciales logren dar respuesta a sus necesidades y derechos.
Creemos que es de vital importancia lograr los acuerdos necesarios para concretar objetivos que nos trascienden y que se ven dificultados por esta situación, que a la fecha se ha tornado de una gravedad que excede cualquier grado de razonabilidad, al quedar paralizadas obras de vital importancia para el progreso y cobertura de la educación en este territorio.
UNIVERSIDAD NACIONAL DE MORENO
FSM 50064/2022 UNIVERSIDAD NACIONAL DE MORENO c/ MUNICIPALIDAD DE MORENO s/MEDIDA CAUTELAR AUTÓNOMA
27/10/2022
Plan de Contingencia para la continuidad de la ESPUNM ante la negativa del Municipio a reconocer la titularidad del Predio
Plan de Contingencia para la continuidad de la ESPUNM ante la negativa del Municipio a reconocer la titularidad del Predio
El día 19 de octubre último la Universidad fue notificada del dictado del Decreto Municipal N° 3727/22, por el cual la Intendenta Municipal rechaza los recursos presentados desde el día 29 de marzo de 2022 y los pedidos de suspensión de los Decretos Municipales N° 1779/22, de llamado a la Licitación Pública N° 33/22 para la construcción de un Polo educativo dentro de nuestro predio, encubriendo con ese nombre la construcción del Consejo Escolar de Moreno, y el N° 3004/21, por el cual el Municipio se autoadjudicó una reserva registrada en 2012 dentro del predio asignado a la UNM por la Nación, y que se encuentra definitivamente subdividida por otro plano aprobado en el año 2021, conteniendo entre otros, al predio asignado al ITUNM-ESPUNM; el cual a su vez, se encuentra debidamente inscripto a favor de la Universidad por el Registro de la Propiedad y la Agencia de Administración de Bienes del Estado Nacional. Asimismo, también se denegó vista de dichas actuaciones.
Es de señalar que el Decreto N° 3727/22 alude a la Disposición SERyC N° 176/22 del 19 de septiembre de 2022 de la Agencia de Recaudación Provincia de Buenos Aires por la que se habría dado curso a la solicitud de anulación de la subdivisión de la citada reserva; la cual tampoco ha sido notificada a la Universidad; lo que plantea una situación de extrema gravedad institucional, ya que de haberse realizado dicha anulación, sobre un título perfecto y que ha causado efectos sin intervención judicial, ha generado un perjuicio a la Universidad que posee el predio desde el año 2010.
Por tal motivo, con fecha 25 de octubre de 2022, se presentó un recurso de revocatoria por nulidad absoluta contra esa decisión que viola las garantías elementales del debido proceso y los derechos de la Universidad sobre su predio y paraliza el proyecto educativo que contiene; a la vez que se ha intimado a la Agencia, a que de vista de la Decisión señalada. Por lo expuesto y, habiéndose agotado la vía administrativa, ya hemos impulsado la vía judicial en resguardo del patrimonio de la Universidad.
Por todo ello, nos enfrentamos a la imposibilidad de dar comienzo a la obra del edificio de la ESPUNM en el corto plazo y por tanto, a fin de dar cumplimiento al compromiso asumido de asegurar la continuidad de los actuales estudiantes de la ESPUNM, hemos impulsado un Plan de Contingencia que permita habilitar el Ciclo Superior de los actuales estudiantes del Ciclo Básico a partir del año 2024, en el edificio provisorio en el que actualmente cursan sus estudios (Av. Justo Daract N° 1848), mientras subsista esta situación.
La propuesta implica seguir ampliando las instalaciones existentes al máximo de sus posibilidades y extender el horario de funcionamiento, de modo de dar continuidad al proyecto pero en forma limitada. De esta forma, el Ciclo Básico se desarrollará en horario extendido por la mañana y primeras horas de la tarde; y el Ciclo Superior por la tarde-noche, pero ambos con una reprogramación horaria respecto de la actualidad, cumpliendo estrictamente con las horas curriculares establecidas en los respectivos planes de estudio.
De esta forma, si bien la ESPUNM queda disminuida en 432 alumnos como máximo, teniendo en cuenta que fue concebida con 4 modalidades de secundaria, con jornada extendida y en 2 turnos para una población aproximada de 1.800 estudiantes en total, y que ha de funcionar en forma conjunta con el Instituto Tecnológico de la UNM (ITUNM) y el Nodo de Gestión Tecnológica e Innovación Productiva (Nodo GETEC-UNM), conformando un conjunto que hemos dado en llamar espacio UNM-TEC, entendemos que contribuimos a la continuidad del Proyecto, de gran trascendencia para la comunidad de Moreno, mientras se logra el reconocimiento de la titularidad del predio y el inicio de la obra.
En este sentido, es necesario remarcar que el espacio provisorio donde hoy se encuentra no puede seguir ampliándose para poder absorber la ESPUNM en forma integra, y por otra parte, carece de toda lógica funcional insertar una escuela dentro de un ámbito universitario. Por otra parte, cualquier medida que implique su desmembramiento o externalización del lugar contiguo perteneciente la Universidad donde ha de emplazarse, por cualquier alternativa de compensación de suelo que pudiere realizarse, dado los beneficios que conlleva el funcionamiento integrado de estos espacios, los usos compartidos del campus deportivo, y el aprovechamiento de laboratorios y bibliotecas universitarios por los estudiantes del Ciclo Superior, entre otras razones, tornarían inviable el proyecto conjunto UNM-TEC antes referido, que consideramos de interés estratégico para el desarrollo productivo del territorio.
Plano de intervención en Edificio Provisorio ESPUNM

19/09/2022
Declaración: la Escuela Secundaria Politécnica de la UNM es de Moreno y es todos y todas
Declaración: la Escuela Secundaria Politécnica de la UNM es de Moreno y es todos y todas

En días pasados la ESPUNM hizo público a los aspirantes 2023 y a la comunidad escolar que transitoriamente se ve impedida de continuar con el desarrollo del proyecto, ya que no cuenta con el espacio físico necesario para incorporar nuevas aulas y laboratorios que le permitan seguir sumando nuevas cohortes de inscriptos y dictar el ciclo completo de estudios secundarios, dentro del sector del Campus de la UNIVERSIDAD donde funciona provisoriamente (con ingreso por la calle Av. Justo Daract N° 1.848).
Esta situación es el resultado de la imposibilidad de acceder a su propio edificio, sito en la calle Intendente Corvalán N° 210, esq. Merlo propiedad de la UNIVERSIDAD, el cual fue prestado por la UNM para el funcionamiento de la Escuela de Educación Secundaria Nº 37 de Moreno hasta la asignación de un predio propio y la construcción de su nuevo edificio, en virtud de un CONVENIO DE COOPERACIÓN firmado con la DIRECCIÓN GENERAL DE CULTURA Y EDUCACIÓN DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES y el MINISTERIO DE EDUCACIÓN DE LA NACIÓN y que vencerá en diciembre de 2022.
Esto no ha podido materializarse, ya que el MUNICIPIO DE MORENO no ha ofrecido ningún predio para que pueda construirse la Escuela Nº 37 hasta la fecha, con el argumento que no es un tema de su responsabilidad, razón por la que inclusive se negó a firmar dicho CONVENIO, impulsado por la voluntad compartida de todos los firmantes para resolver la situación en ese momento.
Por otra parte, la UNIVERSIDAD gestionó el financiamiento para la construcción del edificio del ITUNM (Instituto-Tecnológico)-ESPUNM dentro del predio de la Escuela, lo que hubiera permitido seguir adelante sin contratiempos con el proyecto y facilitado el mayor tiempo necesario para la obtención de un inmueble y la construcción del edificio de la Escuela Nº 37, tal como fuera comprometido por las autoridades provinciales y nacionales.
Lamentablemente, la obra ha sido detenida, ya que desde el mes de marzo del 2022 se han impuesto fajas de “paralización de obra” en 2 oportunidades por parte del MUNICIPIO, con el argumento de que se trata de un predio municipal, desconociendo la transferencia realizada por la SECRETARIA NACIONAL DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA (SENNAF) del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL de la NACIÓN, titular del inmueble, a la UNIVERSIDAD, como así también, los planos de subdivisión que regularizaron los dominios de todas las instituciones radicadas en el sector reservado del Campus de la UNIVERSIDAD (Instituto Riglos, Jardín Madre Clara, Guardería Kesachay y Centro de Formación Municipal) sobre la calle Merlo, incluida la parcela correspondiente al ITUNM-ESPUNM; de todo lo cual la misma MUNICIPALIDAD ha sido certificante y firmante.
El desconocimiento de los derechos de propiedad de la UNIVERSIDAD sobre dicho predio y la falta de certificación de la aptitud ambiental de la obra a realizar por parte del MUNICIPIO, han impedido que se pueda concretar la misma, pese a todos los reclamos formales e informales realizados.
Por otra parte, hemos podido comprobar que con posterioridad a ello, el MUNICIPIO realizó la licitación pública para la construcción de “un polo educativo” (CONSEJO ESCOLAR DE MORENO) dentro del predio de la UNIVERSIDAD y destinado al ITUNM-ESPUNM, la que según reza la publicación oficial: “el edificio estará ubicado sobre la calle merlo y tendrá cuatro manzanas unificadas”, lo que supone desconocer la propiedad del CAMPUS DEPORTIVO de la UNM, y despojarla de más del 20% de su predio, frenando la expansión de su oferta académica y el desarrollo de todas las actividades que conforman la educación superior en el partido de Moreno, entre las que se incluyen los deportes.
La UNM ha rechazado todas estas medidas, sin que el MUNICIPIO diera respuesta alguna, habiéndose agotado todos los plazos administrativos y, ante la necesidad de impulsar una resolución por la vía judicial, ha solicitado una audiencia a la Sra. Intendenta para clarificar esta situación y hallar alguna solución cooperativa, lo que tampoco ha sucedido.
Por todo ello, dada la falta de asignación de tierra para concretar la obra de la Escuela Nº 37 primero y ahora con la pretensión de apropiarse del inmueble de la UNIVERSIDAD, nos enfrentamos no solo a la paralización de la obra en marcha, poniendo en crisis el proyecto de la ESPUNM, sino también al ITUNM y al NODO DE GESTIÓN TECNOLÓGICA E INNOVACIÓN PRODUCTIVA (Nodo GETEC-UNM), los que en conjunto conforman el espacio UNM-TEC, de vital importancia para todo el partido de Moreno.
La UNM, lamenta profundamente la falta de respuesta y de resolución de las peticiones de esta comunidad universitaria, que causan un perjuicio innecesario al pueblo de Moreno en su conjunto, como así también, por los agravios y voces que intentan confundir a la comunidad en declaraciones públicas y redes sociales.
Creemos que es de vital importancia lograr los consensos necesarios para concretar objetivos que nos trascienden y que se ven dificultados por la falta de cooperación interinstitucional, lo que a la fecha se ha tornado de una gravedad que excede cualquier grado de razonabilidad. La Educación pública es una responsabilidad de todas las autoridades en todos sus niveles, lo que también incluye a esta escuela bajo la gestión de la UNIVERSIDAD.
Es nuestra intención, procurar soluciones compartidas y a favor del interés general de nuestro pueblo, por lo que hacemos público el pedido de cese a la pretensión de apropiación del inmueble perteneciente a la UNIVERSIDAD y a los representantes y a la comunidad de Moreno, su acompañamiento para la resolución de este conflicto innecesario.
La UNM seguirá trabajando con su comunidad para garantizar la continuidad del proyecto de la ESPUNM y cooperará como lo hizo hasta ahora prestando su edificio, para que la Escuela Nº 37 también encuentre solución a sus necesidades y derechos.
CONSEJO SUPERIOR
UNIVERSIDAD NACIONAL DE MORENO
A fin de clarificar lo expuesto y dar cuenta de los antecedentes que avalan nuestra posición se adjunta la siguiente documentación:
1 Convenio 246 SENNAF-UNM-MUNICIPIO – 14 de octubre de 2010
2 Plano de mensura 074_245_2012 – Convenio 246
3 Protocolo Adicional Convenio 246 SENNAF-UNM – 22 de febrero de 2021
4 Plano Subdivision 074-215-2021 Protocolo Adicional Convenio 246
5 Convenio Edificio ESPUNM NACION-PROVINCIA-UNM 17 de diciembre de 2020
6 Cedula castastral parcela 2a (ITUNM-ESPUNM)
7 Certificado de Dominio UNM parcela 2a (ITUNM-ESPUNM)
8 Anexo Convenio 246 SENNAFF-UNM-MUNICIPIO
9 Implantación general del Predio UNM 2022
19/09/2022
Documentación respaldatoria
Documentación respaldatoria

A fin de clarificar lo expuesto y dar cuenta de los antecedentes que avalan nuestra posición se adjunta la siguiente documentación:
1 Convenio 246 SENNAF-UNM-MUNICIPIO – 14 de octubre de 2010
2 Plano de mensura 074_245_2012 – Convenio 246
3 Protocolo Adicional Convenio 246 SENNAF-UNM – 22 de febrero de 2021
4 Plano Subdivision 074-215-2021 Protocolo Adicional Convenio 246
5 Convenio Edificio ESPUNM NACION-PROVINCIA-UNM 17 de diciembre de 2020
6 Cedula castastral parcela 2a (ITUNM-ESPUNM)
7 Certificado de Dominio UNM parcela 2a (ITUNM-ESPUNM)
8 Anexo Convenio 246 SENNAFF-UNM-MUNICIPIO
9 Implantación general del Predio UNM 2022